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Imputados e investigados

Resulta llamativo que el cambio de terminología haya sucedido precisamente en pleno apogeo de escándalos de corrupción político-económica.

CLAVES AUTOR Wenceslao Calvo 21 DE MAYO DE 2015 14:30 h

Recientemente el gobierno español ha introducido un cambio de denominación en el lenguaje legal al sustituir el término imputado por investigado. Como la palabra imputación es portadora de una carga que asocia a la persona con la culpa, incluso antes de que un tribunal se haya pronunciado al respecto, es una razón por la que se ha visto conveniente rebajar el nivel de gravedad empleando el vocablo investigación, que es mucho más llevadero y menos denigrante. Ya se sabe que vivimos en la época de los eufemismos lingüísticos, en la que hay que neutralizar lo más posible las palabras para que los conceptos experimenten también un desplazamiento de significado.



Supongo que las razones que han empujado a tomar este cambio de nomenclatura son dos. En primer lugar la multiplicación de casos de corrupción de personas ligadas a la actividad política, cuya profusión llega a poner en entredicho no sólo a los implicados, sino a la actividad política en sí, con el peligro del descrédito generalizado con la que dicha actividad queda empañada. Porque si el problema fuera sólo de fulano o mengano, entonces no habría dificultad en seguir empleando la palabra imputado; pero como el problema se ha extendido como el aceite, es por lo que imputación suena demasiado fuerte, al hacernos sentir que vivimos en una atmósfera irrespirable.



Resulta llamativo que el cambio de terminología haya sucedido precisamente en pleno apogeo de escándalos de corrupción político-económica. Es decir, si nunca hubo inconveniente para denominar imputados a los terroristas, pedófilos o maltratadores, a pesar de que la cuantía y gravedad de sus delitos eran abundantes, cabe preguntarse por qué ahora sí es conveniente modificar la palabra. Y entonces surge la sospecha de que nos encontramos ante un intento interesado de suavizar la realidad, porque hay peligro de que el vocabulario acabe totalmente con la ya minada confianza hacia todo lo que tenga que ver con los servidores públicos.



La segunda razón para tomar esta medida tiene que ver con el descomunal poder que tienen los medios de comunicación. Por definición, lo que aparece en dichos medios existe; lo que no aparece en ellos no existe. Por ejemplo, tuvimos un caso de ébola en España hace unos meses. Como salió en los medios, el ébola existía ¡y de qué manera! Pero como ha desaparecido de ellos el ébola ya no existe, aunque para muchos africanos sigue siendo su pesadilla cotidiana. De modo que habría que cambiar el axioma de Descartes 'Pienso, luego existo' por 'Sale en los medios, luego existe'. Y como lo último que interesa es que los medios hablen de imputados políticos a mansalva, es mejor que hablen sólo de investigados. Lo que pasa es que este rebajamiento semántico tiene un precio, que consiste en la aplicación ecuánime del mismo y por consiguiente en tener que usarlo para personas acusadas de delitos que sí interesa que un baldón de oprobio y vergüenza queden asociados a ellos, como son los terroristas, maltratadores y pedófilos, que a partir de ahora serán simplemente investigados, no imputados.



La palabra imputación significa atribuir, achacar. Puede tener un significado negativo, al atribuir culpa a alguien, o positivo, en el sentido de atribuirle justicia, aunque en la fraseología de nuestro tiempo imputar es algo referido exclusivamente a culpa. Que esa culpa sea real o no es lo que tiene que demostrarse ante un tribunal. Con la Inquisición la culpa era efectiva desde el mismo momento de la sospecha. Felizmente las cosas cambiaron con la definición de que cualquiera es inocente mientras no se demuestre lo contrario, aunque los medios de comunicación han trastocado tal principio, pues si sales en ellos como imputado aunque luego el tribunal te declare inocente, ya hay una ignominia que ha quedado ligada a tu nombre que es muy difícil de borrar.



La idea de imputación aparece en la Biblia, en cuanto a la responsabilidad moral que tenemos para con Dios. Esa imputación no está basada en suposiciones ni en falsas acusaciones, sino en hechos verificados y comprobados, que al ser juzgados nos convierten de imputados o acusados en condenados. Dios no rebaja la terminología para disfrazar la gravedad de la culpa, que procede de la transgresión, desviación y manipulación de la ley. De modo que salimos como culpables del tribunal en el que entramos como acusados, con una sentencia de condenación inapelable.



Pero, y aquí es donde aparece el evangelio, Dios diseñó un método para atribuir justicia a los culpables. No para rebajar semánticamente la gravedad de su delito, sino para no imputarles la culpa que tenían e imputarles la justicia de la que carecían. Y lo que hizo no fue cambiar las palabras para falsear la realidad, sino que cambió la realidad misma. Es decir, cambió el estatus de los culpables y al hacerlo no transgredió la justicia. Ese método es la justificación del culpable por la imputación de su culpa a Cristo y la imputación de la justicia de Cristo al culpable. De modo que el Justo por excelencia fue contado como pecador para que el culpable sea contado como justo, al poner su fe en la muerte sustitutoria de Cristo.



¡Qué diferencia entre la manera que tenemos los hombres de resolver un gran problema y la manera de resolverlo que tiene Dios! Nosotros en realidad no lo resolvemos. Sólo lo enmascaramos y empeoramos, pues algo tan grave como es la imputación, no puede solventarse con un mero cambio de palabras. Pero Dios lo resuelve eficazmente. ¡A su nombre sea la gloria!


 

 


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