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La libertad religiosa de un político español en la Biblia

La Biblia nombra a un español, que siendo gobernador de una provincia mantuvo en ella la libertad religiosa y la estableció como juez, a favor del gran apóstol de las naciones.

REFORMA2 AUTOR Emilio Monjo 11 DE ENERO DE 2015 06:35 h
El Imperio Romano, en el siglo II d.C.

Sigo con Luis de Usoz en el 150 de su muerte, y con la referencia de la libertad de expresión y religiosa que, por lo sucedido en Francia, es necesario defenderla. Más adelante volveremos a encontrarnos con las ideas políticas que emanan de Calvino.



Sobre lo de Francia, aquí y allí tienen mucha experiencia de la Historia, esa Historia tan necesaria y tan poco apreciada hoy, pues la pedagogía del miedo no es nueva, es la modalidad inquisitorial, la maldita Inquisición que tortura y esclaviza no solo los cuerpos y las almas, sino, lo que es peor, el lenguaje. Se cae en una autocensura imperceptible a la conciencia como consecuencia de estos actos de terror para infundir esa enseñanza. Son dos columnas del hombre de pecado, surgen al mismo tiempo, cada una con su modalidad: el papado y el islam. Caerán al mismo tiempo; ya crujen sus edificios, ya, ya mismo. Sus instituciones hijas del diablo, ambas, les toca su juicio, y las gentes bajo sus cadenas serán liberadas por el glorioso Evangelio de nuestro Señor Jesucristo. Ya, ya mismo.



Volvemos a Usoz, pero sin irnos de la libertad. Publicó un opúsculo un año antes de su muerte (lo reimprimió la Revista Cristiana en 1905). [Buen tiempo aquel, de un protestantismo que miraba la Historia, tan desconocido hoy.] Aparece un autor amante de la libertad, un ejemplo para nuestros días; lo tituló “Un español en la Biblia y lo que puede enseñarnos”, y se refiere al cordobés Galión, hermano de Séneca, procónsul de Acaya, a cuyo tribunal traen a Pablo para acusarlo; está en Hechos 18. Usoz presenta la actitud de Galión ejemplar para la buena acción política sobre materia de religión. “Si fuera algún agravio o algún crimen enorme, oh judíos, conforme a derecho yo os toleraría. Pero si son cuestiones de palabras, y de nombres, y de vuestra ley, vedlo vosotros; porque yo no quiero ser juez de estas cosas. Y los echó del tribunal”.



Por tanto, tenemos esta “honra señalada de España, que se halle nombrado en la Biblia un español, que siendo gobernador de una provincia mantuvo en ella la LIBERTAD RELIGIOSA y la estableció como juez y amparó así rectamente al gran apóstol de las naciones”.



“San Pablo así pudo proseguir tranquilo su obra de predicación en Corinto, y la Iglesia naciente de los cristianos crecer y preparar merced al respeto de Galión a la libertad religiosa. ¡Cuánto no pueden aprender, si quieren, los actuales mandadores o mandarines en España del Español en la Biblia!”



“Allí vemos en realidad que un magistrado que ampara y sostiene sin violencia la libertad religiosa, es a la vez el más dulce y respetable de los hombres y el más libre y por consecuencia el mejor de los reguladores. Los que gobiernen no pueden ni deben hacer más que procurar conservar y adelantar el interés de la sociedad o el procomún, o lo que ahora llaman intereses civiles. Estos son: la vida, la libertad, la salud y la prosperidad material de los cuerpos; y la posesión legítima de las cosas externas, como dinero, tierras, casas, muebles o lo semejante. Mas los magistrados o gobernantes solo pueden procurar, conservar y adelantar los intereses del alma, respetándolo siempre en cualquier hombre, no entrometiéndose con ellos, considerándolos inviolables. Y la LIBERTAD RELIGIOSA es el primero y el más inviolable de los intereses del alma. Ya dijo aquel antiguo y venerado escritor Tertuliano, escribiendo al procónsul Scápula: Que por derecho humano y potestad natural es a cada uno lícito dar culto o pertenecer a la religión que le pareciere; porque la religión diversa de uno, ni dañar ni aprovechar puede a otro. Ni tampoco es cosa de religión compeler a la religión, pues ésta debe tomarse voluntariamente y no por fuerza”.



“Por eso hay muchos hombres sin religión; y muchos, que sueñan tenerla, no tienen religión suya propia: porque la religión de la educación de un hombre, y no la de su examen y persuasión, es la religión de otro, y no la suya. Tener religión por autoridad, y no por examen y convencimiento, es convertirse uno en minutero de reloj, que se adelanta o se atrasa al antojo de su dueño. Y el que no examina lo que cree no tiene creencia ninguna”. Ya aprendemos, Hechos 4: 18-19, que “no hay autoridad humana compulsiva en materia de religión…”.



Esta modalidad de libertad religiosa es la propuesta por Juan de Valdés en sus CX Consideraciones, y tiene razón porque la “palabra devoto nunca debe tener la acepción de perseguidor; y ser exclusivo en religión, violentando a otros para que lo sean, es ser irreligiosamente religioso. Mejor es no pertenecer a iglesia ninguna que ser exclusivo y perseguidor por una. ¿Cómo puede ser cristiano el intolerante? No se concibe. Y menos se concibe cómo un hombre, cualquiera que sea, puede creerse facultado para defender con autoridad coercitiva, lo que tiene por religión, o lo que llama causa de Dios, persiguiendo a su prójimo, porque profesa diverso credo que él. La causa de Dios bien defendida se está sin que la queramos ayudar con nuestros Códigos y bachilleres”.



“Porque, según el espíritu de todo el Testamento Nuevo, el sostener el Estado otra cosa que la libertad religiosa, equivale a sostener su autoridad eclesiástica; y esto es un crimen y un absurdo. Pues si un Estado o gobierno, no tienen derecho a forzarme a que me cure con el médico que él me señale; o coma por fuerza los alimentos que él me designe, no sé por qué ha de tener derecho a señalar una religión y un credo que no me acomoden… Desde que la doctrina de Cristo se predicó, ya no pueden los hombres ni deben recibir el Credo de sus padres o el de su país, sin examinarlo. Sostener los magistrados la autoridad de un clero, es crear la alianza del fraude y de la fuerza para degradar a las naciones. Porque ningún gobierno, por pío que se le suponga, ha recibido autoridad ninguna de Dios para cuidar ni dirigir la religión ni las iglesias que se hallen en su territorio.”



“Dios sólo inspira la religión en cada hombre, y una religión por él inspirada, nunca traerá a los hombres a desunión, ni a despedazarse con rencores, y reyertas, y odios, y violencias religiosas. El hombre que tiene religión tendrá siempre respeto y amor interno hacia otro hombre… El permitir una libertad ilimitada de examen y de opinión… está en la esencia del mismo Cristianismo, sino que es el modo único de terminar esas disensiones religiosas que por tanto tiempo han afligido y desolado al género humano.”



“Individualidad, permítaseme la voz, es el espíritu de la religión de Cristo; como ciega conformidad es el espíritu del paganismo y del romanismo. Las iglesias de Cristo son reuniones voluntarias de creyentes que piensan, quieren y obran por sí mismas, en obediencia a solo Cristo, no como las comuniones paganas y pontificias, que son rebaños humanos reunidos por leyes del Estado y eclesiásticas. Toda nomenclatura eclesiástica es antievangélica, y lleva en sí el inicio de su propio daño. Absoluta fue la independencia de las iglesias primitivas. Ninguna dependía de otra para nada. No hay en el Testamento Nuevo Tribunal eclesiástico de ninguna especie. Por haberlos establecido en España, vemos con frecuencia que un obispo es a un tiempo acusador, jurado y juez… La libertad religiosa es la sola medicina contra esa peste de autoridad humana en materias religiosas.”



“La mayoría de los actuales españoles (aun sin tener sincera creencia religiosa) sostienen que no debe permitirse otra religión en España, que la que ellos, caprichosamente, califican de Católica, que quiere decir Universal. Y por lo común, y con impropiedad no menor, llaman protestantes a los que eso no quieren, o séase, a los amigos de la libertad religiosa… ¿Qué ventaja, pues, acarrea entonces a nuestra mísera España mantener eso que llaman su única religión, y perseguir, y penar, y no dejar vivir en las tierras españolas, a gentes de otras religiones o de otros cultos?”



“Porque vemos que el exclusivismo religiosa ha hecho a los españoles más perseguidores y más infelices, pero no más cristianos… Nuestros gobiernos fabricaron una cadena de persecuciones religiosas, tan bien eslabonada y continua, que hasta a los que hoy vivimos en el año 1864, nos encadena con fuerza más dura que a los súbditos del emperador de Marruecos. En España, en honra de la religión promulgada por el PRÍNCIPE DE PAZ no se ha dejado vivir en paz a nadie, practicando sus principios religiosos… La expulsión de un solo hombre, no que de un pueblo entero, porque profese diversa religión que la dominante en el país que le expulsa, es no sólo un absurdo ridículo e inútil, sino que semejante providencia, como todas las injusticias, lleva en sí misma muchos y graves daños para el país intolerante y perseguidor.”



“Los que se llaman cristianos y defienden, exclusivamente, la doctrina de la iglesia a la que pertenecen, aunque se presten, en sus disputas con otra secta, o sectario, sobre un principio, dogma o doctrina, a la `apelación a la ley, o al testimonio’, es decir, a acudir a la Biblia, para resolver la dificultad, esto no sirve de nada. Apelar a las Escrituras siempre, puede ser lo mejor, o lo único, para un solo individuo falto del espíritu, en sus dudas privadas y en el secreto y silencioso estudio de sí propio; pero, repito, que de nada sirve dicha apelación cuando se trata de sacar triunfante la propia secta… Porque el argumento viene a ser entonces el siguiente: `Examine usted mi doctrina por la Biblia solamente; pero bajo el supuesto de que ha de interpretar usted la Biblia, exactamente con arreglo a mi doctrina’. Este plan maravilloso, que comienza con sentenciar y acaba con examinar la prueba, es lo que llamo argumento general de sectas. A este argumento no hay solución posible sino la que dio el español nombrado en la Biblia a los sectarios religiosos perseguidores de San Pablo… El español nombrado en la Biblia enseña a nuestros legisladores actuales, que no deben mezclarse para nada en cuestiones religiosas, y que deben abolir para siempre esas leyes anticristianas. El legislador no presta su espada para defender cosas que no son de este mundo. Use la Iglesia las armas que le confió su Divino Fundador.”



“El Moisés, pues, que nos falta para reivindicar nuestro derecho inviolable a la LIBERTAD RELIGIOSA, será el gobernante que, enseñado por el español en la Biblia, la respete de suerte que la promulgue claramente diciendo: `YO NO QUIERO SER JUEZ DE ESTAS COSAS’.”



Así termina el opúsculo Usoz. Con nuestra Historia podemos tener hoy una voz muy valiosa para nuestra sociedad.


 

 


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