Miramos su última etapa en la búsqueda de un Estado libre y de una Iglesia libre. Lo que fue y lo que pudo ser; teniendo que mantenerse firme frente a sus enemigos y ante sus amigos. Una mujer libre.
Su acción se ejerce sobre un pequeño territorio, ocupado principalmente por el reino de Navarra (la merindad que quedó separada por los Pirineos del resto anexionado a la corona de Castilla) y el Bearne [Béarn]. Pero se muestran los problemas propios de la nueva situación en Europa, y cómo son tratados desde la perspectiva de una reina cristiana de fe reformada.
En un contexto de extremada violencia, donde los milenarismos y proclamas del final de los tiempos justificaban las más atroces destrucciones de bienes y vidas; donde los ojos cegados por la sangre de las cruzadas ahora se renuevan contra los propios de la tierra; donde en nombre del cristianismo se cometían todo tipo de atropellos, la reina Juana buscó siempre la paz y la concordia. La firmeza de su fe la llevaba al camino de la concordia. No era una relativista para los asuntos doctrinales, ni mucho menos, pero sabía que la verdad de la Escritura se enseña, no se impone, y el medio mejor para ello es el de la paz social. Si se matan unos a otros, ¿cómo enseñar el Evangelio a sus ciudadanos? Para ella el Estado debe preservar la paz social y proteger a todos, para así poder extender el reino de Cristo.
El entramado social de sus territorios se parece más a las ciudades-estado del Renacimiento que a reinos o imperios. Su padre (Enrique II, nacido en Sangüesa, que tuvo que salir de Pamplona cuando contaba 9 años por la invasión de las tropas de Fernando en 1512) procedió a unificar los territorios en la esfera judicial y administrativa por la redacción de los Fueros y Costumbres del Bearne (1551) [59 rúbricas y 676 artículos. Philippe Chareyre ha tratado esta cuestión: La construction d’un Etat Protestant, Le Béarn au XVIe siècle, 2010], completada en 1564 por la reina Juana con Stil de la justicy deu païs de Bearn. Favoreció a la industria y a la agricultura (en contra de la ganadería expansiva típica de otras latitudes) y levantó una fortaleza importante, Navarrenx, con el fin de asegurar a su pueblo frente al peligro exterior, también apostó por que su gente tuviera bien dispuestos sus castillos (política opuesta a la llevada a cabo en la parte que se anexiona Castilla, donde se destruyeron la mayoría de los castillos o se desmocharon. Los tiranos no quieren que los pueblos se puedan defender). La reina Juana sigue esa política, pero ahora con la mano puesta en el arado de la defensa y propagación de un cristianismo libre de la tiranía papal.
En la navidad de 1560 Juana de Albret había hecho profesión pública oficial de su fe protestante al participar de la santa cena según el modelo reformado. Fue un paso que ya tenía un largo camino previo, como lo demuestran sus cartas y propuestas muy evidentes sobre sus intenciones. Lo hizo contra la opinión de su marido y claramente perseguida por él; así continuó hasta la muerte de éste (1562). Desde ese momento se estableció como meta la reforma de sus Estados, tarea que le ocupa hasta su final en 1572.
La madre de Juana, Margarita de Navarra, como ya hemos apuntado en otros artículos, proporcionó mesa y techo a muchos de los que vivían el florecer de un nuevo modo de ser cristianos, entre ellos el propio Calvino en un breve tiempo, y Jacques Lefèvre d’Etaples, que allí acabará sus días. En ese terreno luego se produce un aflore impresionante de frutos renovados; de manera que desde 1556, en unos pocos años, en toda Francia, especialmente en estos territorios, se multiplican las iglesias reformadas bien organizadas (más de 2000). Este es un dato a sumar entre otros, pero fundamental, pues no solamente tenemos guerras civiles, persecuciones, traiciones y peligros de todo tipo, también tenemos la formación de muchas comunidades cristianas que han vuelto al camino antiguo de la Escritura. En 1559 el Registro de la Compañía de Pastores de Ginebra recoge el envío de 16 pastores desde Ginebra a ese territorio para cubrir el ministerio en las diversas congregaciones, y se logra organizar la reunión de un sínodo en París (el primer sínodo nacional) ese mismo año y otro en Poitiers dos años más tarde. Luego en Orleans (1562) y Lion (1563 con Pierre Viret como moderador), así hasta llegar al séptimo en La Rochela (1571, con T. Beza como moderador), momento en que la reina Juana está de lleno involucrada en la construcción de su casa (política y religiosa, su Estado soberano del Bearne y Navarra) con la redacción y publicación de las Ordenanzas Eclesiásticas (77 artículos, en las que se reconoce como propia la Confesión Francesa o de La Rochela). Estas ordenanzas suponen el armazón final de la labor de la reina. No se conoce mucho de ellas, pero siempre se cita un apartado que establecía multas para los que no asistieran a los cultos reformados. No tuvo este mandato realmente recorrido, pero es el recordado, pues así queda la reina como fanática y desprestigiada la idea misma de un Estado cristiano bajo el referente de la Biblia. Ese apartado es fruto de la aportación que hacen algunos pastores a las Ordenanzas, en las que puede verse la mano benéfica de Pierre Viret (aunque él mismo no pudiera ver la publicación, pus murió poco antes), pero también las artes de otros menos benéficas. [Es de esperar que los que propusieron esas multas no fueran los mismos que predicaban cuando la reina tuvo que pedir permiso, siempre tan correcta, al consistorio para poder bordar durante el culto, ¡para no dormirse!]
Resumamos el paisaje: la reina Juana establece en 1561 la ordenanza de Nerac de reconocimiento del culto reformado. Está basada en la idea de libertad de conciencia. Por el llamado
Simultaneum se ordena el uso de los templos en horas diferentes por las dos comunidades en las localidades donde coexistan, la iglesia papal y la hugonota tienen que compartir el espacio de culto, bajo la protección del Estado.
Dispone nuestra reina una patente sobre la libertad de conciencia en 1564, todo un paso legislativo que reconoce libertad de conciencia a las dos comunidades religiosas (anticipo del futuro Edicto de Nantes que promulgará su hijo como rey de Francia). “Todos nuestros súbditos podrán vivir con libertad de conciencia, indiferentemente de la calidad y religión que posean”, pues “hemos tenido siempre la intención y voluntad de conservarlos y mantenerlos en una tal libertad y protección, tanto de personas como de bienes, que no fueran de un lado ni de otro forzados sin razón”. Por eso no se puede obligar a mujeres, niños o siervos, sino “dejarlos a su libertad para seguir la religión a la que su espíritu les incline”.
Para la reforma de sus Estados busca y tiene la ayuda de Ginebra. Pero es la reina la que impide que se convierta su territorio en una “colonia” de Ginebra, y tuvo que luchar mucho para ello. Esta posición de respeto a lo que representaba Ginebra, con Calvino (aunque sólo hasta 1564), con Beza y otros, y, al mismo tiempo, con su postura de mantener la libertad, es algo que la coloca en un lugar de modelo en la Historia. Sobre este particular, un solo ejemplo: puso como organizador de la iglesia en sus Estados y como preceptor religioso de su hijo a Jean-Baptiste [de Villiers] Mórely, un pastor que había sido excomulgado en Ginebra y sobre el que Beza escribía a todos se previnieran de su influencia. Es verdad que luego serán otros pastores enviados y aprobados por Beza los que al final organicen la iglesia, pero es significativo este dato. Este Mórely había propuesto un modelo de organización más congregacional frente al jerarquizado modelo sinodal de Ginebra. [Creo que la imposición de ese modelo, que la reina tuvo que frenar y recomponer, es un dato penosísimo, y coloca a Beza y otros líderes muy por debajo de la grandeza de miras, generosidad, fidelidad y cristianismo de la reina Juana.] Seguramente al futuro rey Enrique no le quedó muy buen sabor de boca para el tiempo por venir con la “jerarquía” calvinista al ver cómo trataban a este pastor al que él apreciaba.
La reina se ocupó para que en sus Estados se estableciera un sistema de enseñanza que hoy podríamos llamar “público”, bajo la tutela y finanzas del Estado. También de un sistema (aunque el término sea anacrónico) de salud pública. Dispuso la traducción a las lenguas vernáculas del Salterio, y del Nuevo Testamento, en este caso al euskera (tras una década de trabajo, publicado en 1571) [Solamente quedaron algunos ejemplares tras las persecuciones de la noche de San Bartolomé, 1572.] Las Ordenanzas Eclesiásticas representan una síntesis, lograda por la firmeza de la reina, en la que se recogen las experiencias de situaciones y documentos previos. El Estado es soberano, pero bajo la soberanía de Dios (Juana se consideraba como Josías, derribando y construyendo, para establecer el reino de Cristo en su reino), y la iglesia está dentro de ese Estado pero con una gran autonomía para cumplir su función por medio de un sistema representativo, y con una gestión de sus bienes casi autónoma por medio de la figura de un Diácono General con un Consejo Eclesiástico ( en las Ordenanzas ratificados, aunque ya existían desde 1567 y 68 respectivamente; el Estado solamente supervisaba las cuentas).
Para terminar el resumen del paisaje: la reina muere cuando tenía ante sí la continuidad de esa reforma en la Baja Navarra. A ello se iba a dedicar, continuando esa reforma hasta la Alta Navarra y a toda España. Pero vino la noche. En ella nos quedamos. Su hija Catalina conservó con fidelidad y firmeza lo que su madre edificó. Luego su nieto, Luis XIII (el miserable que algunos llaman el Justo) lo destruyó todo. ¿Todo? No. Quedaron semillas debajo de las cenizas. En cuanto sople el viento de la libertad, reverdecen. Ahora es ese tiempo, no lo perdamos.
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