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Una sentencia sobre “unos milímetros”: La del Tribunal Supremo de los EEUU

No se trata de la reversión de la sentencia de un tribunal “progresista” por parte de otro “conservador”, sino de la revocación de dos sentencias con errores graves: el Tribunal devuelve al pueblo y al poder legislativo la autoridad para legislar sobre el aborto.

OLLADA GALEGA AUTOR 81/X_Manuel_Suarez 07 DE JULIO DE 2022 13:00 h
Imagen de [link]Dave Goudreau[/link] en Unsplash.

En 1973 el Tribunal Supremo (TS) de los EEUU impuso en todo el país con el caso Roe v. Wade una normativa liberalizadora del aborto, y la sentencia posterior de P. Parenthood v. Casey acabó ratificando esa decisión. Recientemente el estado de Mississippi reclamó retraer el límite máximo para abortar a las 15 semanas y para ello pidió al TS que revisase las sentencias Roe y Casey; el TS decidió que la Constitución no reconoce el aborto como un derecho, revocó las sentencias Roe y Casey, y devolvió al pueblo y a sus representantes electos la autoridad para regular el aborto.



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No se trata de la reversión de la sentencia de un tribunal “progresista” por parte de otro “conservador”, sino de la revocación de dos sentencias con errores graves, que convertían al TS en un órgano legislador (rompiendo la independencia de poderes); la reciente decisión de este Tribunal devuelve al pueblo y al poder legislativo la autoridad para legislar sobre el aborto. Ni más ni menos. Joe Biden así lo confirma: en su monumental berrinche ante la sentencia, dijo que su única esperanza estaba en que en las elecciones de fin de año los ciudadanos escojan un Congreso más afín a sus ideas.



Los argumentos de la sentencia son sólidos y no se apoyan en un sesgo ideológico concreto, sino en la racionalidad y el rigor jurídico; destaco algunos de ellos y muestro algunas implicaciones prácticas para nosotros:



El TS certifica que la Constitución americana no hace referencia alguna al aborto. En respuesta a esa sentencia, Unidas Podemos acaba de reclamar una reforma de la Constitución española que blinde el reconocimiento del aborto como un “derecho”. Esta reacción supone un mensaje de esperanza: quienes durante décadas han tutelado y manipulado la mente colectiva del país en este tema, no tienen claro que esa tutela tenga efectos irreversibles ¡se pueden revertir!



[destacate]Los evangélicos debemos comprender que esta batalla no se da sólo en el parlamento, sino en la ciencia, las redes sociales, la calle y el vecindario[/destacate]El TS desmonta la argumentación de que el supuesto “derecho al aborto” se pueda considerar implícitamente protegido por la Cláusula del Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda, porque esta requiere entre otras cosas que esté "profundamente arraigado en la historia y la tradición de esta nación" y el TS demuestra que no era este el caso en el momento de la sentencia Roe v. Wade. Este dato nos hace ver la relevancia que tienen en la normativa legal el arraigo y el respaldo social de cada posición ante el aborto. Los evangélicos debemos comprender que esta batalla no se da sólo en el parlamento, sino en la ciencia, las redes sociales, la calle y el vecindario.



Un argumento para mantener la sentencia a favor del aborto de Roe v Wade es el del stare decisis; significa “mantenerse en las cosas decididas” y tiene que ver con el sistema legal anglosajón, basado en la jurisprudencia; así, si una cosa fue decidida de una forma en sentencias del pasado, hay que aportar argumentos fuertes si vas a modificar el criterio. Por tanto, el TS argumenta que “cuando una de nuestras decisiones constitucionales se extravía, el país suele quedarse con la mala decisión a menos que corrijamos nuestro propio error”, constata que “algunas de nuestras decisiones constitucionales más importantes han anulado precedentes anteriores” y que “los precedentes deben ser respetados, pero a veces el Tribunal se equivoca, y ocasionalmente el Tribunal emite una decisión importante que es flagrantemente errónea. Cuando esto ocurre, la stare decisis no es una camisa de fuerza.” Pocos pensaban que la sentencia cayese así al cabo de décadas; a los evangélicos aquí esto nos arranca de nuestro escepticismo y nos prueba que las manipulaciones y adoctrinamientos a las que se ha sometido a nuestra sociedad pueden venirse abajo en algún momento.



La sentencia Casey decía: "El derecho de la mujer a interrumpir su embarazo antes de la viabilidad1 es el principio más central de Roe v. Wade. Es una norma de derecho y un componente de la libertad al que no podemos renunciar". Este argumento lo hemos escuchado aquí reiteradamente. Pero el TS es definitivamente clarificador en su última sentencia: Establecer una frontera de viabilidad no es razonable, entre otras cosas porque el límite de viabilidad ha venido cambiando con los avances médicos: En el siglo XIX, un feto podía no ser viable hasta la semana 32 ó 33 de embarazo; cuando se dictó la sentencia Roe, la viabilidad era a partir de las 28 semanas y hoy está en las 23 ó 24 semanas.



Y añade: “Según los discrepantes2, la Constitución exige que los estados3 consideren que un feto carece incluso del derecho humano más básico –la vida– al menos hasta que haya pasado un punto arbitrario del embarazo. Nada en la Constitución o en las tradiciones jurídicas de nuestra nación autoriza al Tribunal a adoptar esa "teoría de la vida".



Y pregunta: “Si, como sostuvo Roe, el interés del Estado en proteger la vida prenatal es imperioso ’después de la viabilidad’, ¿por qué no es ese interés ‘igualmente imperioso antes de la viabilidad’? […] Algunos han argumentado que un feto no debería tener derecho a la protección legal hasta que adquiera las características que consideran que definen lo que significa ser una ‘persona’. Entre las características que se han ofrecido como atributos esenciales de la "persona" están la sensibilidad, la autoconciencia, la capacidad de razonar o alguna combinación de ellas. Según esta lógica, quedaría abierta la cuestión de si incluso los individuos nacidos, incluidos los niños pequeños o los que padecen ciertas condiciones médicas o de desarrollo, merecen protección como ‘personas’”.



[destacate]En esos milímetros está toda la vida, toda, todos los códigos, sistemas y relaciones que irán progresando sin solución de continuidad hasta la adultez[/destacate]Aquí tenemos un punto crucial en el que debemos insistir: La inmensa mayoría de los colegas médicos a los que les pregunto por qué no explican a la sociedad qué es un embrión –porque es fundamental para adoptar una postura ante el aborto voluntario–, me responden que está claro que en el embrión está contenida toda la vida humana que se va a desarrollar progresivamente, pero que no quieren introducir esa evidencia en el debate porque este debe quedarse en el entorno socio-político.



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Como consecuencia, escuchamos cada día proclamas que muestran un desconocimiento pleno de la evidencia científica, como la de que “se trata del cuerpo de la mujer” (cuando es evidente que el embrión no forma parte del cuerpo de la mujer) o la más reciente de Ione Belarra, Ministra de Derechos Sociales: “¿Cómo puede haber un ser humano en unos milímetros?”; nadie está libre de ignorar cosas, pero cuando la ignorancia se acompaña de prepotencia el ridículo es espantoso, y si el gazapo es de una ministra causa especial bochorno. En esos milímetros está toda la vida, toda, todos los códigos, sistemas y relaciones que irán progresando sin solución de continuidad hasta la adultez. La genética y la embriología muestran que, en contra de lo que se creía en la Edad Media, un ser humano no es menos ser humano por ser más “pequeñito”.



Por tanto, no procede establecer fronteras que definan “hasta aquí no es ser humano” y “desde aquí en adelante sí”, porque en el desarrollo humano desde el cigoto no hay tales fronteras, sino una definitiva continuidad. No podemos apoyarnos en la ciencia para marcar fronteras que definan cuándo podemos tranquilamente eliminar un embrión por no considerarlo un ser humano; recuerda esto el inútil debate sobre cuándo entraba el alma en el feto; y, por cierto, si asumimos la postura materialista de que en el fondo somos materia orgánica y reacciones químicas y nada más, somos materia orgánica y reacciones químicas desde el cigoto, somos seres humanos desde esa primera célula.



Y apelar a que el feto no puede sobrevivir solo hasta un momento determinado para definir este como el inicio de nuestra existencia como persona es igualmente erróneo, porque un bebé recién nacido no puede sobrevivir solo y una persona con grave discapacidad tampoco, y a nadie se le ocurre –hasta ahora– decir que no son personas con derechos inalienables.



Arrinconar la realidad del embrión ha sido un empeño constante del lobby abortista; ahí están las expresiones pre-científicas de “un montón de células” o los famosos “milímetros”, pero especialmente esa prohibición activa de mostrarle a una madre que piensa abortar la imagen viva de su hijo en la ecografía; supone un desprecio al derecho de los padres a tener la información completa y objetiva ante una decisión tan trascendente.



Los contrarios a la sentencia del TS apelan a lo que el caso Casey definió como la libertad de tomar “decisiones íntimas y personales” que son "fundamentales para la dignidad y la autonomía personales”, el derecho a “poner en práctica importantes decisiones personales sin interferencia gubernamental”. La mayoría de los evangélicos defendemos firmemente este derecho, pero el TS presenta una clarificación inapelable: Todos los derechos derivados de este se refieren a cuestiones que atañen a la persona en su individualidad, pero en el caso del aborto está ahí otra persona más, no sólo la mujer individual: está ahí la persona no nacida; no se trata, por tanto, de una decisión de libertad individual frente al estado, sino de una decisión de un individuo que afecta a otra persona, y en ese caso es obligación del estado proteger a la persona más indefensa.



[destacate]Una generación en el futuro juzgará a la nuestra por el recurso al aborto y se preguntará entonces si aquí no había disidentes con criterio[/destacate]El TS muestra cómo la sentencia Roe, “sin ningún fundamento en el texto constitucional, la historia o los precedentes, impuso a todo el país un conjunto detallado de normas muy parecidas a las que cabría esperar encontrar en una ley o reglamento.” Y la función del TS no es elaborar leyes, eso es función de los parlamentos, por eso la reciente sentencia devuelve la autoridad a los estados del país para que establezcan las pertinentes normativas. Esto es muy interesante para nosotros, porque en la historia reciente en España hemos visto cómo el TS o el Constitucional han sobrepasado sus competencias e incluso han hecho sentencias ciertamente políticas; es difícil demostrar que no es política la razón por la que el Tribunal Constitucional retrasa su decisión sobre la ley del aborto.



Pero además el TS de los EEUU recuerda una advertencia de un juez muy relevante para nosotros: “La permisibilidad del aborto, y las limitaciones sobre el mismo deben resolverse como la mayoría de las cuestiones importantes de nuestra democracia: por los ciudadanos que tratan de persuadirse unos a otros y luego votan”. El TS acaba de devolver el protagonismo a los ciudadanos. No podemos dejarnos llevar por el escepticismo y renunciar a persuadir a los demás; una generación en el futuro juzgará a la nuestra por el recurso al aborto y se preguntará entonces si aquí no había disidentes con criterio informado y compromiso para lanzarse a persuadir a los demás de la barbaridad que aquí se está promoviendo. Que el Señor nos permita visibilizarnos dando un paso decidido al frente a favor de la vida de los más indefensos.



Siempre me he resistido a creer que hay una agenda transnacional detrás de todas las iniciativas liberalizadoras del aborto, pero al leer lo siguiente empiezo a creer que es así. En la sentencia Roe “el Tribunal anuló las leyes que exigían […] que las menores obtuvieran el consentimiento de sus padres; que las mujeres dieran su consentimiento por escrito después de haber sido informadas del estado de la vida prenatal en desarrollo y de los riesgos del aborto; que las mujeres esperen 24 horas para abortar...” ¿no les suena?



En fin, no se trata de un debate ideológico conservadores/progresistas; en efecto, no menos de un 30% de los votantes del Partido Demócrata están en contra de la liberalización del aborto, y lo mismo sucede con algunos de sus representantes; está establecido un grupo “Pro-Life Democrats” (¿para cuándo los evangélicos de izquierda españoles promoverán algo semejante?). No hay nada más regresivo que el desprecio a la evidencia científica y a la vida de los seres humanos no nacidos. Una población que no defiende la vida de los más débiles está abocada a su regresión; los evangélicos debemos levantar nuestra voz por la vida de ellos y por la vida de nuestra propia sociedad.



 



Notas



1 Se refiere al momento a partir del cual el feto puede sobrevivir fuera del útero materno.



2 Los que se han opuesto a la reciente sentencia.



3 Se refiere, obviamente, a los estados de los EEUU.


 

 


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COMENTARIOS

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Samuel C Samuel
10/07/2022
17:23 h
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totalmente de acuerdo, salvo por esta cita: “La permisibilidad del aborto, y las limitaciones sobre el mismo deben resolverse como la mayoría de las cuestiones importantes de nuestra democracia: por los ciudadanos que tratan de persuadirse unos a otros y luego VOTAN” no tenemos derecho a votar a quien matar, y si sale votación mayoritaria por matar no lo convierte en moral o legítimo; podrá ser demorático pero no justo, al igual que los años de legalidad de la sentencia ya anulada.
 



 
 
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