El Evangelio, la Ley y el sábadoJosé A. Ortiz
El carácter inmutable del evangelio y de la ley. Es evidente que el evangelio, como “poder de Dios para salvación a todo aquel que cree” (Rom 1,16), está estrechamente vinculado a la ley. En Romanos, la gran epístola de la justificación por la fe, Pablo presenta a Abraham como paradigma de fe para los cristianos (Rom 4). De este patriarca dice la Escritura: “Abraham creyó a Dios, y le fue contado por justicia” (Gn 15,6; Rom 4,3; Gál 3,6). En este caso, debemos observar que el Señor también dice de él: oyó “mi voz, y guardó mi precepto, mis mandamientos, mis estatutos y mis leyes” (Gn 26,5). Esto quiere decir que Abraham fue justificado por la fe y vivió en armonía con la ley. Pablo concibe la salvación por la fe de judíos y gentiles en el Nuevo Testamento, de acuerdo con el ejemplo de Abraham. “De hecho, hay continuidad entre Abraham y los creyentes cristianos en un plan divino que abarca la historia humana”(1). De ahí que diga Pablo: “¿Luego por la fe invalidamos la ley? En ninguna manera, sino que confirmamos la ley” (Rom 3,31).
El Decálogo constituye el fundamento de la alianza (Dt 4,13), representa el código de conducta válido para todos los hombres de todas las épocas. No se puede encontrar ninguna promesa ni profecía bíblica que anuncie su desaparición en la nueva alianza. Por el contrario, tanto el Antiguo como el Nuevo Testamento sostienen de forma unánime que el Señor pondría sus leyes en la mente de su pueblo, y que las escribiría en su corazón. Esto sería esencial en el establecimiento de la nueva alianza (cf. Jer 31,31–34; Heb 8,8–13; 10,16–17). “Jesús no anula el Decálogo sino que lo interioriza. No suprime la Ley moral sino que la supera, la profundiza y la completa. Sus principios son tan inmutables como Dios mismo (Mt 5,17–18; Rom 3,31)”(2).
El pecador no puede alterar los principios del plan de salvación contendidos en el evangelio. Tiene que acogerse humildemente al ofrecimiento de la gracia de Dios por medio de Cristo como único medio de redención (Rom 3,22–25; cf. Jn 3,16). Así como el evangelio no admite la salvación por las obras, la ley tampoco admite ningún tipo de cambio o modificación. El Señor ha dicho: “No violaré mi alianza, no cambiaré lo que sale de mis labios” (Sal 89,34 BJ; cf. Mal 3,6; Stg 1,17; Heb 13,8).
La ley y el sábado. La ley de Dios es amor, porque “el cumplimiento de la ley es amor” (Rom 13,8–10) así como Dios es amor (1 Jn 4,8; cf. Mt 22,36–40). Por otra parte, el amor divino es tan inmutable como su ley, por cuanto el amor y la ley moral tienen que ver con la expresión del carácter de Dios. De ahí que debamos hacernos una pregunta importante: ¿Es posible anular, cambiar o modificar el cuarto mandamiento? Veamos primero algunas características de este precepto.
El sábado es el único día de la semana que ha sido bendecido y santificado por Dios (Gn 2,3; cf. Ex 20,11); es el único mandamiento que contiene el nombre de Dios, revela su soberanía y su acción creadora (Ex 20,8–11); es una fuente de felicidad y de bendiciones espirituales (Is 58,13–14); es el signo visible de la alianza entre Dios y su pueblo (Ex 31,16–17; Ez 20,20); es una clara señal de santificación (Ez 20,12); y, además, el sábado es un templo de Dios en el tiempo(3). ¿Podemos cambiar la celebración de ese día? El testimonio de la Escritura es que, desde Génesis hasta Apocalipsis, se habla de su observancia como parte integrante de la inmutable ley de Dios (cf. Gn 2,3; Is 56,2.6; 66,22–23; Ap 1,10; 11,19). Antes del Sinaí se exige su observancia (Ex 16,26–30); Jesús guardó el sábado (Lc 4,16) y recomendó su observancia en el futuro (Mt 24,20), como se observa en el Nuevo Testamento.
El sábado en el Nuevo Testamento. Después de la muerte de Jesús se continuó guardando el sábado. A este respecto dice la Escritura: “Era el día de la Preparación, y apuntaba el sábado. Las mujeres que habían venido con él desde Galilea, fueron detrás y vieron el sepulcro y cómo era colocado su cuerpo. Y regresando, prepararon aromas y mirra. Y el sábado descansaron según la Ley” (Lc 23,54–56 BJ). Si Cristo realmente hubiera indicado que el sábado había sido transferido al primer día de la semana, esas mujeres próximas a Jesús que atendieron su sepultura lo habrían sabido; por el contrario, debieron recordar bien las palabras de Jesús: “El sábado ha sido instituido para el hombre… De suerte que el Hijo del hombre también es Señor del sábado” (Mr 2,27–28 BJ). Seguramente por esto, “el sábado descansaron según la Ley”.
Por otra parte, la resurrección de Cristo en el primer día de la semana no santifica ese día, así como la ascensión al cielo tampoco santifica el jueves. En este sentido, P. Albero, autor católico, dice: “Recuerda el día del sábado para santificarlo” (Ex 20,8 BJ) es un “mandamiento que no aparece abrogado en ninguna parte de la Escritura… Decir que se santifica el domingo en memoria de la resurrección de Cristo, es afirmar que se obra sin apoyarse para nada en la Escritura; lo mismo se podría decir que se debe guardar el jueves, porque en este día Jesús subió al cielo y reposó después de la gran obra de la Redención humana”(4). A. P. Lincoln, protestante, también admite que no se puede sostener el argumento que el Nuevo Testamento provee una base para la creencia de que desde la resurrección Dios estableció que se observara el primer día como el día de reposo”(5).
Quienes aducen el texto de Pablo que dice: “Por tanto, que nadie os critique por cuestiones de comida o bebida, o a propósito de fiestas, de novilunios sábados” (Col 2,16 BJ), deben tener en cuenta que está haciendo referencia a los siete sábados rituales, relacionados con las fiestas de Israel, que podían caer en cualquier día de la semana(6). No se está refiriendo al cuarto mandamiento en absoluto. La observancia cristiana del domingo (primer día de la semana), en sustitución del sábado bíblico, solamente lo explica la Tradición; porque este cambio no tiene fundamento bíblico. A quienes así lo pretenden, P. Albero les dice que “no pueden encontrar ni un solo texto de la Escritura que determine el día festivo del domingo… Si se abolió el sábado y se sustituyó por el domingo fue sin fundamento ninguno en la Escritura”(7). El cambio del sábado por el domingo no se ha establecido por revelación o indicación divina, sino por causas sociales, políticas y religiosas. “Los historiadores a través de las edades, así como también los autores católicos y protestantes testifican el hecho de que la iglesia cambió el sábado en los primeros siglos”(8).
Como Adventistas creemos que las tres columnas básicas de la Reforma son: “Sólo la fe, sólo la gracia y sólo la Escritura”; por consiguiente, no podemos, no debemos fundamentar las doctrinas en la Tradición, sino en la sólida base del “evangelio eterno” (Ap 14,6); La salvación es un don de Dios en Cristo, a quien aceptamos por la fe como Salvador. Sin embargo, entendemos que debemos vivir la vida cristiana bajo la autoridad y soberanía de nuestro Señor y de su Palabra, sin excluir ninguno de sus preceptos (cf. Ap 11,19; Stg 2,10). Este es el paradigma de Pablo en Rom 4.
1) FITZMYER, Joseph A., Romans. The Anchor Bible: A New Translation with Introduction and Commentary. New York: Doubleday, 1993, p. 371.
2) BADENAS, Roberto, Más allá de la ley. Valores de la ley en una teología de la gracia. Madrid: Edit. Safeliz, 1998, p. 287.
3) Cf. HESCHEL, A. J., The Sabbath: Its Meaning for Modern Man. New York: Harper, 19,66, p, 158.
4) ALBERO, P., ¿Por qué somos católicos y no protestantes? Madrid: Edic. Paulinas, 1953, p. 65.
5) LINCOLN, A. P., “From Sabbath to Lord’s Day: A Biblical and Theological Perspective”, en From Sabbath to Lord’s Day: A Biblical, Historical, and Theological Investigation, ed. de A. Carson. Grand Rapids: Zondervan, 1982, p. 386.
6) Cf. Lv 23,4–39; 16,29–31; Nm 28,16–29,35.
7) ALBERO, P., Op. cit., p. 67.
8) FINLEY, M. A., El día casi olvidado. Siloam Springs, Arkansas: Conc. Communications, 1988, p. 113.
José A. Ortiz, pastor y profesor adventista
Decepción y expectaciónAmable Morales
Confieso que he aguardado con expectación la lectura completa de la réplica de D. José A. Ortiz a mi trabajo sobre las cuestiones doctrinales del Adventismo, aunque hasta ahora tan solo ha abordado el punto referente a la observancia del sábado. Su trabajo merece -por supuesto- mi respeto, pero no puedo por menos que señalar mi personal decepción sobre su contenido, pues 4 extensas páginas no aportan -a mi juicio- respuesta a la cuestión planteada.
Su profusa argumentación sobre la utilidad de la ley casi me hace repasar mi trabajo, por si en él hubiese podido introducir alguna duda al respecto; pero en esa utilidad estamos de acuerdo, pues "por medio de la ley es el conocimiento del pecado" (Ro 3:20).
Pero no veo bíblicamente argumentada la afirmación doctrinal adventista asegurando que
'si bien es cierto que la muerte de Cristo terminó con la autoridad de la ley ceremonial, por otra parte estableció la ley de los 10 Mandamientos'. ¿Cuándo y dónde estableció exactamente eso el Señor Jesucristo?. Porque si se afirma que solo los aspectos ceremoniales de la ley han sido superados, entonces habrían de guardarse también -además del sábado- el resto de leyes no ceremoniales. Como ejemplo: ¿practican por ello los adventistas la condonación de toda deuda cada 7 años?
Por otra parte, el Sr. Ortiz cita a un tercero para repetir una vez más la machacona falsedad adventista:
'no hay evidencia de que los cristianos celebraran reuniones semanales de culto en domingo'. Pues permítame discrepar: Cuando Pablo da instrucciones a los corintios acerca de cómo recoger las ofrendas para los necesitados (1 Co 16:1-2) habla del primer día de la semana, citando además como ejemplo al resto de las iglesias de Galacia. ¿Esto no es una evidencia, o es que la interpretación adventista quiere proponernos que el culto lo celebraban el sábado, pero las ofrendas se recogían el domingo? Y cuando se nos narra la visita de Pablo a Troas (Hch 20:7), leemos claramente que los creyentes estaban reunidos el primer día de la semana para partir el pan. ¿Tampoco aquí hay evidencia de una reunión cúltica?
Pero la mayor decepción del trabajo del Sr. Ortiz no se corresponde a nada de lo anterior, sino al modo en que ha evitado entrar en la cuestión de fondo en las enseñanzas adventistas sobre la observancia del sábado.
La ley -junto con el resto de la Revelación- manifiesta las demandas morales y espirituales de Dios para el hombre, tanto en nuestra relación con el Creador como con el prójimo, y por ello tales principios son permanentes e inalterables (incluso aquellos que se encierran detrás de muchas normas ceremoniales superadas por la Obra de Cristo).
Es esa plena aceptación de los principios espirituales la que nos lleva a afirmar la necesidad de consagrar un día de descanso semanal, en el que nuestros quehaceres y preocupaciones puedan ser apartados de nuestra mente, para dedicarlo enteramente a la adoración agradecida a Dios. Para nosotros ese es el principio, y por tanto no juzgamos a quienes por conciencia, contexto cultural o circunstancias sociales, separan para ese día de adoración el primero, el tercero o el quinto de la semana.
Pero el Sr. Ortiz ha sido muy cuidadoso para evitar la cuestión más peliaguda de lo que oficialmente enseñan los adventistas sobre el tema que nos ocupa:
'aquellos que eligen adorar y dar honor al domingo, conociendo claramente que no es el día de adoración dado por Dios, recibirán la marca de la bestia'. ¿Por qué tienen tanto empeño los adventistas en ser reconocidos plenamente como "evangélicos", cuando todas las denominaciones evangélicas (sin excepción) guardamos el domingo?
Aquí no estamos hablando de cuestiones prácticas, como las que puedan diferenciar a bautistas o libres sobre la periodicidad en la celebración de la Santa Cena; estamos ante la más grave descalificación espiritual, al señalársenos a todos los evangélicos como instrumentos satánicos favorecedores de la estrategia del Anticristo. ¿Qué les mueve a los adventistas a reclamar con tanto ímpetu e insistencia su 'identidad evangélica', a la vez que descalifican y condenan espiritualmente a todos los demás?
Mantengo la expectación hasta conocer el trabajo de respuesta a las otras dos cuestiones pendientes (la inmortalidad condicional y la doctrina de la expiación), esperando que en él no se eludan las respectivas cuestiones de fondo.
Amable Morales es anciano de las Asambleas de Hermanos en Madrid
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