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Control de la conciencia: jesuitas y puritanos

Los jesuitas por una razón, los evangélicos por otra, al final, pretendieron subordinar el poder político a la acción eclesiástica. Y lo que es peor, a la intolerancia absoluta contra otras formas eclesiales.

REFORMA2 AUTOR 7/Emilio_Monjo 30 DE SEPTIEMBRE DE 2023 22:00 h
Imagen de [link]Patrick Robert Doyle[/link] en Unsplash.

Ni el estado te puede salvar ni condenar. Problema: cuando se presenta al estado como la gran bestia que te corrompe, como hoy pasaría en la mente de muchos evangélicos, se asume que esa misma institución te podría no-corromper, que tiene poder en el ámbito de la santidad personal. Otro gran problema: se asume que esa gran bestia destructiva que es el estado, no contiene dentro una esfera eclesial, como parte del mismo. Es también una bestia religiosa, aunque sea específica contra el Mesías. Eso sigue igual.



Lo mismo que la iglesia (el templo) y el estado (gobierno romano), aliados contra el Mesías, lo pusieron en la cruz, fuera del ámbito de la santidad y de la honra civil (ni santo, ni buen ciudadano), y con él a su iglesia, sus redimidos no podemos asumir que el uno y la otra nos obliguen en conciencia. Salimos fuera del recinto sagrado, político y religioso, pues ahí nos ha sacado, con él, nuestro Redentor.



Resulta que las advertencias en la Biblia al cuidado personal, como cuando se dice que “nos probemos a nosotros mismos”, o que “probemos si estamos en la fe”, etc., estos sucesores de los mediadores religiosos, se presentan como los que nos probarán. El creyente, el redimido, miembro de Cristo, adorador celestial, en Cristo sin mancha ni confusión, guiado por y templo del Espíritu Santo, con su Palabra, resulta que no tiene lo necesario para vivir y avanzar en los frutos de la cruz, sino que necesita gobernantes de su alma. Estos no dejan la libertad del tribunal de la conciencia de cada uno, sino que ellos quieren ser ese tribunal. El confesionario y la Inquisición, no se olvide, son tribunales.



Calvino, siguiendo a Pablo, enseña que la dimensión de la santidad está fuera de nosotros. Los que la quieren desarrollar de nuestro natural, con leyes naturales, al final tienen que rebajar la santidad a una condición natural, donde (subiendo al máximo si se quiere) el individuo, con ayuda de la gracia, como enseña el papado (siguiendo, ya lo he dicho muchas veces, lo que ya se enseñaba en sectores de la iglesia antigua) participa como actor en su santificación. Por eso para el calvinismo en sus inicios, se considera la situación del creyente de tal manera nueva que su santidad (lo mismo que su justicia) está fuera de todo juicio temporal por los ojos humanos. Es de tal manera perfecta que no admite otro juicio que el propio de su Cabeza. Esto lo mostró nuestro Pablo al indicarnos que todo su yo con la medición de las normas, lo había considerado basura (ya saben la palabra que usa), y que ahora tenía otro yo creado en el Mesías Jesús, que al ser justicia, santidad y verdad, quedaba fuera de las mediciones y mediaciones del templo o del tribunal humano. Hasta el punto que, cuando aparece la rebelión del pecado, ya no lo hace el nuevo yo de Pablo (“no lo hago yo”), sino el pecado que sigue en el cuerpo de muerte el tiempo que resta.



He puesto a Calvino, porque quería remitirles a una obra que usa ese modelo frente al jesuita, y en la cual se explican muy bien cosas que ahora ya no se llevan en las escuelas de teología evangélicas (Antonio Rivera, La política del cielo. Clericalismo jesuita y estado moderno, 1999). Y todo esto, con el tema del gobierno pastoral, me vino, y ha estado en varias de nuestras conversaciones, por unas notas que repasaba de la gobernanza política en Foucault, que usa el modelo de gobierno pastoral religioso como referente.



Esto nos pasa a cada paso, que leyendo del pasado, luego te vienes al tiempo presente y nuestra circunstancia actual, y ves cosas que realmente han sufrido un cambio: una completa ley trans en teología. En el libro citado se trata especialmente el modelo jesuita, aunque en contraste con el calvinista (como tipos en sentido weberiano), pero se constata cómo, en poco tiempo, los modelos se ponen en el mismo espacio, cada uno con una proyección, pero difíciles de separar. Por ejemplo, sobre el jesuitismo se dice: “Aquí analizamos tanto la tesis del libre arbitrio, en el marco de la polémica entre dominicos y jesuitas, como el probabilismo, casuismo y laxismo moral de estos últimos. Generalmente, el jesuitismo ha sido considerado, como decíamos más arriba, la forma más moderna de catolicismo, pero su modernidad, en todo caso, es la que conduce al militar, al burócrata y al obrero moderno, esto es, a las modalidades menos exigentes de responsabilidad. El peculiar ascetismo de los Ejercicios espirituales se encuadra dentro de esta concepción.



No hay duda de que los dogmas reformados favorecen, a diferencia de las convicciones católicas, una genuina o mayor responsabilidad: la justificación por la fe y la doble predestinación obligan a criticar el poder mágico o carismático de los sacramentos y sacerdotes; lo cual, a su vez, hace posible el sacerdocio universal y la libre interpretación de la Biblia. La soledad responsable y adulta del hombre de la Reforma que, como expresa Weber, condujo a los círculos puritanos a un intelectualismo religioso de masas o a un intelectualismo plebeyo, contrasta con la ingenuidad infantil de la mayoría católica, siempre llevada de la mano por su confesor y por la jerarquía romana, o con la simpleza de un pueblo católico analfabeto, cuya figura más típica sería el sayagués de la literatura española, a quien no se le permite leer las Escrituras, pero es enseñado con imágenes, iconos o estampas que aspiran a hacer visibles las palabras invisibles de la Biblia. En esta línea, las composiciones de lugar de Ignacio de Loyola, que han inspirado infinidad de ilustraciones, llevan el fetichismo católico a la misma oración mental y al ámbito ético.”



No pensaba ponerles tanto, pero creo que unos renglones más no vienen mal. “El derecho natural de Suárez es muy diferente al de Calvino: mientras el jesuita favorece la moralización del ordenamiento jurídico, el reformador ginebrino, por el contrario, parte del abismo ético entre el derecho y los principios del Decálogo (…)



La razón del capítulo cuarto. Dedicado a la jurisdicción externa eclesiástica, se debe a que, para los discípulos de Ignacio de Loyola, la ley eclesiástica y la lex civilis son muy distintas. La primera es más perfecta y, en cierto modo, superior a la estatal porque los fines temporales han de estar subordinados a los espirituales. En cambio, para Calvino, ambas leyes se caracterizan por su contigencia o carácter temporal, ya que la institución eclesiástica visible era tan imperfecta, tan humana, como el Estado”.



Y termino citando lo que al principio únicamente quería poner. Pues ya es un resultado de situaciones previas, que corresponden al pasado de un espacio histórico, pero me parece que son útiles para ver algo de lo que pasa hoy. “La competencia indirecta del clero católico sobre la actividad del magistrado se defendía en virtud de la autoridad de la Iglesia sobre el fuero interno de los individuos o, en otras palabras, se debía al carisma sobrenatural de la jerarquía eclesiástica y a su capacidad para salvar a los fieles. Como la ley del magistrado supremo siempre podía ordenar acciones injustas o que pusieran en peligro la salvación espiritual, se hacía necesario el control de la jurisdicción temporal. Sin embargo, esta intervención indirecta teorizada por los jesuitas no tenía sentido para la reforma magisterial de Lutero y Calvino, dado que la sociedad eclesiástica visible no podía intervenir sobre el destino del hombre: la prueba de la elección, la fe, siempre permanecía oculta.



No obstante, los presbiterianos criticados por Richard Hooker, como Cartwright, traicionaron el espíritu del reformador ginebrino e hicieron sensible el mundo oculto o invisible de los elegidos. En este contexto, la seguridad sobre la elección dejaba de ser un mero fenómeno interno, se suprimía la discontinuidad entre los dos mundos (el abismo ético) y se construía una Iglesia para la cual la disciplina moral o police des moeurs tenía el objeto de hacer visible el decreto divino. En realidad, los presbiterianos ingleses malinterpretaron el gran interés concedido por Calvino, sobre todo en los escritos donde polemiza con el libertinismo religioso, a la disciplina y a a estructura externa de la Iglesia.”



Dos notas necesarias. La primera, que si alguien duda de lo que dijo Weber sobre “el intelectualismo religioso de masas” promovido por los puritanos, solo tiene que leer El Católico Reformado, de Perkins (traducción castellana editada por Cipriano de Valera, -actualizada en edición reciente en la iglesia de Sevilla donde he sido pastor hasta hace poco-), texto en su días considerado popular, y hoy habría que ver qué pastor no se pierde en su lectura.



La segunda, es que los términos puritano o presbiteriano tienen una connotación genérica, para indicar el contraste, y la cercanía, con el jesuitismo. No se trata de reproche a esas parcelas de la Reforma, sino constatar que en lo tocante al control y juicio pastoral sobre la conciencia del creyente, tuvieron argumentos semejantes con los jesuitas. Y eso está claro. Y lo que pretendo es precisamente apuntar que esa semejanza no se ha perdido, sino fortalecido (aunque de manera, tal vez, inconsciente). No conozco mucho, pero de lo poco que veo, en círculos “reformados” actuales, la doctrina jesuita sobre la gracia y la santidad, quitando algunas formas católicas, es muy parecida.



Si en un púlpito escuchas que Dios te da gracia bastante y suficiente, pero que es ineficaz a menos que tu voluntad la haga fructificar, que la recibas y apliques, ¿dónde te encuentras? Pues eso.



Esta cuestión de la intromisión (aunque revestida de “cuidado pastoral”) en la conciencia, llevó también a los protestantes referidos a considerar una doctrina normal la sujeción moral del monarca a los dictados de los pastores. Los jesuitas por una razón, los evangélicos por otra, al final, pretendieron subordinar el poder político a la acción eclesiástica. Y lo que es peor, a la intolerancia absoluta contra otras formas eclesiales. Los jesuitas, ya se sabe [W. K. Jordan, The development of religious toleration in England, 1932], pero los presbiterianos hicieron lo mismo.



Al considerar la gracia como simple medio para poder realizar la obra moral, se desviaron en doctrinas fundamentales. En poco tiempo, por ejemplo, a los hijos del pacto (nuestros niños) se les vio cada vez menos como gente con las que Dios ya tenía un pacto, y se procedió a ponerlos, igual que los hijos de los incrédulos, en situación de simple potencial para que ellos, cuando decidieran, entraran en un pacto personal con Dios. Dios no podía realizar el pacto de su voluntad, sino esperar hasta que el otro decida realizarlo. Dios y su gracia son medios para el logro humano.



Para ver tu santidad (perfecta), mira a la cruz y oye lo que el que te tomó allí dice de ti. Cuando un pastor quiera verla, que haga lo mismo. (Por supuesto, el pastorado es un bien esencial que Dios ha dejado para la edificación de su Iglesia.) Me parece que la semana próxima, d. v., tendremos que charlar un poco más de esto.


 

 


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