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Primeras congregaciones (21)
 

Jerez y los bodegueros protestantes (II)

"Todo el mundo sabe que España en los antiguos tiempos se hallaba gobernada por los principios religiosos más intolerantes, siendo teatro de lamentables ejecuciones en materia de opiniones religiosas", decía La Época en 1861.

ORBAYU AUTOR Manuel de León 12 DE NOVIEMBRE DE 2014 14:29 h
Edificio Recreo de las Cadenas

La Época, Madrid, 23 de mayo de 1861, y El Contemporáneo de la misma fecha, reflejan uno de los debates en el Parlamento inglés sobre el tema y se desprende, por el tono y sentido de las palabras, todo un tratado de política y defensa de los intereses en materia de libertad de conciencia, haciendo ver que España era un país enemigo en esta materia y los liberales deberían apoyar estos asuntos. Decía La Época:




En la sesión que celebró el 17 la Cámara de los Comunes de Inglaterra, promovió Sir. Roberto Peel un incidente interpelando al gobierno y quejándose de persecuciones de que decía habían sido objeto en España varios comerciantes ingleses protestantes, sobre lo cual se había elevado una exposición al gobierno de S. M. británica, especialmente contra el proceder de Mr. Gordon, vice cónsul inglés en Jerez de la Frontera. Es el caso, según dijo Mr. Peel, que á instancias de los comerciantes ingleses residentes en Jerez y en el Puerto de Santa María, habían conseguido estos que se les permitiera celebrar los domingos los ritos de su culto alternativamente en Jerez y en el Puerto de Santa María, en las casas de los respectivos vice-cónsules. En el Puerta de Santa María siguen celebrando los protestantes las ceremonias de su culto en la casa del vicecónsul Campbell; pero siendo católico el vicecónsul que hay en Jerez, Mr. Gordon, se ha negado este á facilitar para el objeto, habitación alguna en su casa, por cuyo motivo se celebraba el culto protestante en la de un particular. Parece que recientemente ha recibido este, por conducto del vice-cónsul Mr. Gordon, una orden del alcalde de Jerez para que cerrase Su capilla, amenazándole con una causa criminal en caso de negativa, en conformidad al art. 139 del Código penal. De este procedimiento era del que se quejaba sir Roberto Peel, haciéndolo en los términos mas violentos y duros.



Lord Palmerston contestó que no estaba preparado para responder a la interpolación no hallándose presente el ministro del Interior  por llamarle sus deberes á otra parte ; pero que podía asegurar que la exposición á que aludía el interpelante, había sido puesta debidamente en manos del gobierno de S. M. Puedo decir también, añadió Lord. Palmerston, que se han hecho gestiones con este asunto, habiendo enviado mi noble amigo el ministro de Negocios extranjeros instrucciones al embajador de S. M. en Madrid para que represente al Gobierno español no solo acerca de su proceder respecto de los súbditos británicos, sino también de los principios en general intolerantes de su administración.



Mi digno amigo que conoce a España mejor que yo, debe saber muy bien que los españoles son una nación en extremo susceptible en punto á toda intervención extranjera en sus asuntos interiores, y que por lo tanto, cualquiera representación por los agentes de gobiernos extranjeros, para que sea de utilidad, es preciso que se haga con mucha discreción. 



En lo que toca, sin embargo, á las concesiones hachas á los súbditos británicos, no puede haber dificultad ni vacilación, y me complazco en decir que el gobierno español ha probado su disposición a extender a los súbditos británicos los privilegios que pedimos para ellos, especialmente la libertad de celebrar el rito protestante en sus casas particulares y el establecimiento de escuelas donde sus hijos puedan ser educados en conformidad á la religión protestante. Si, por lo tanto, ha ocurrido algún caso en que se ha prescindido de esa regla, estoy completamente seguro de que previa una conveniente representación al gobierno español, se obtendrá amplia reparación, si este tiene en su mano medios legales para arreglar el asunto. Respecto de la cuestión en general, todo el mundo sabe que España en los antiguos tiempos se hallaba gobernada por los principios religiosos mas intolerantes, y el país era teatro de lamentables ejecuciones en materia de opiniones religiosas. De entonces acá ha mejorado mucho ese estado de cosas. España goza de la ventaja de una discusión libre, de una Asamblea libre y hasta cierto punto de una prensa libre. No puedo dudar, por lo tanto, que la discusión ilustrará á la nación al fin, y el gobierno de España se hallará e disposición de poner en práctica esas opiniones liberales. Todo cuanto puedo decir es que el gobierno de S. M. no perdonará favorecer tales principios. Sir Roberto Peel dijo que la conducta del vicecónsul de Jerez de la Frontera le hacía merecedor de que fuese separado de su cargo. Lord Palmerston replicó que si las circunstancias eran tales como se le habían presentado se haría la debida justicia.




Juan P. Simó, Jerez(i) , comenta jocosamente este hecho:




Una bodega única_

Gordon continuó con sus ataques hacia su sucesor, desacreditándolo cuanto podía. Decía de Furlong que era un liberal, un distribuidor de biblias protestantes y de octavillas que había permitido a personas de credo protestante que no eran ingleses a congregarse bajo su techo para asistir a los servicios religiosos. Finalmente, Gordon fue despedido  y Furlong continuó en el cargo hasta 1868. 



Furlong, con intereses en la sociedad Matthiesen, Furlong & Co., una bodega importante y única pues creció en un convento jesuita abandonado tras la expulsión de la Orden, tuvo que enfrentarse a los rumores que llegaron hasta Londres de que había utilizado procedimientos ilegales en la producción del vino, algo que confirmó Walter J. Buck, gran exportador y naturalista y responsable de Sandeman. Furlong se retiró a Inglaterra y Buck ocupó su lugar. Con los Buck, precisamente, la capilla del Recreo de Las Cadenas acogió misas protestantes. El matrimonio fue enterrado en el “cementerio inglés”, hoy Torres de Córdoba.



La penetración de los protestantes, considerados por los católicos como socialistas, masones y enemigos de la patria, continuaron en estos años. José Luis Jiménez nos descubre la figura del reverendo Joseph Viliesid, primer pastor y fundador de la congregación evangélica en Jerez en 1872. Junto a su mujer Raquel Ben-Olier consiguió levantar el primer templo, sito en la calle Argüelles,  y dos aulas de la congregación evangélica jerezana en Mundo Nuevo, en julio de 1874. A falta de un arquitecto de Jerez, que no quisieron marcarse, hubo de acometer la obra un técnico venido de Cádiz.



Me recordaba todo esto aquel lema con que Jorge Mundt (otro excónsul, vaya) se encontró al pisar una bodega: “Los propietarios de estas bodegas son católicos y exigen de todos sus empleados una conducta absolutamente católica”. Y se dijo: ‘Si yo soy protestante... ¿qué hago yo aquí trabajando?’




 



Cementerio de los no católicos



La presencia protestante también aparece en el cementerio de Jerez desde 1871. Hay constancia en los libros de enterramientos del Archivo Municipal que en este área de los no católicos del cementerio general de Santo Domingo, se daba sepultura a los protestantes, siendo el nombre de esta primera persona el de Elvira María Cortés. José Luis Jiménez (investigador e historiador) ha publicado un artículo en el que dice:




Este año (2014) se cumple el 150 aniversario de la creación del cementerio protestante de Jerez, que fuera solicitado en su día por comerciantes bodegueros británicos. La especial situación planteada por la presencia de tropas británicas en suelo español durante la Guerra de la Independencia, así como la existencia previa de comunidades extranjeras, especialmente comerciantes ingleses en ciertas zonas de la península, fuerza a Fernando VII a emitir la Real Orden de 13 de noviembre de 1831, expresando no existir ningún impedimento en que los ingleses adquieran terrenos para sus cementerios.

Cumpliendo para ello ciertas premisas, como la existencia de una tapia perimetral y carencia de iglesia, capilla u otro templo de culto privado o público. El primero, ese mismo año, sería el de Málaga, conocido como cementerio inglés, por su importante colonia británica y su cercanía a la colonia de Gibraltar.



Años más tarde, la Revolución de 1854 significó la construcción de cementerios civiles, también conocidos como de los ingleses, protestantes o evangélicos. De esta forma, la Ley de 29 de abril de 1855 permitirá la conducción, depósito y entierro con el debido respeto a los restos de aquellas personas que mueran fuera de la comunidad católica en todas aquellas localidades en las que la necesidad lo exija a juicio del gobierno, y donde éstos no fueran creados, los alcaldes y ayuntamientos tomarían las medidas oportunas para evitar cualquier acto de profanación.



La falta de cumplimiento de la ley aludida -por parte de los ayuntamientos ante los considerados como malos cristianos o malos españoles- y el rechazo a un gobierno tachado de poco católico, creará fuertes disensiones entre progresistas e inmovilistas.



Otra ley sobre el particular, de 18 de febrero de 1872, es dictada para prevenir conflictos y contestaciones -comunes- entre los delegados de la autoridad civil y la eclesiástica con motivo de los cadáveres de aquéllos que mueren fuera de la religión católica, tras constatarse el mínimo seguimiento de las disposiciones anteriores, según una circular de fecha de 16 de julio de 1871.



 La Ley de 19 de mayo de 1882 incorpora ya la necesidad de contar con espacios para los no católicos en los cementerios de nueva creación. Pero la falta de seguimiento de lo estipulado se plasmará en otra ley, de 2 de abril del siguiente año.



Con respecto a Jerez, que desde siglos atrás era destacada la presencia en la ciudad y su zona de este grupo de personas relacionadas con el comercio de vinos y de religión protestante, el Ayuntamiento aprobaría  a finales de enero de 1860 la ubicación del terreno, como las obras pertinentes, para dedicarlo a cementerio para los no católicos, Sin embargo, no sería hasta cuatro años más tarde, y a petición de un grupo de destacados británicos, como Charles H. Furlong, Walter Buck, Joseph Warter, Wiliam Wilson, Richard Davies, Jorge  Suter, Alexander Williams, George Wilford, C. Noble, Peter Mackenzie, etc., que el Ayuntamiento tomase las medidas pertinentes y encargarse al arquitecto municipal, José de la Coba, la portada y cerca de dicho cementerio.



Desde 1871 ya hay constancia en los libros de enterramientos del Archivo Municipal que en esta área de los no católicos del cementerio general de Santo Domingo, se daba sepultura a los protestantes, siendo el nombre  de esta primera persona el de Elvira María Cortés.



Este cementerio de la calle Santo Domingo permanecería abierto hasta mediados de los años 40 del siglo XX, cuando en 1945 se inauguró el actual de la Merced, y donde hay también una pequeña zona para los protestantes




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(i) El negocio del jerez y la religión. Católicos contra protestantes en Jerez l La actitud del vicecónsul Gordon casi provoca un incidente diplomático. Juan P. Simó, Jerez


 

 


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