Desde los primeros tiempos en los que aparecían protestantes en pueblos o ciudades, los curas procuraron meterlos en la cárcel o pleitear hasta que los abogados se quedasen con toda su hacienda. Los motivos solían basarse en ultrajes a la religión católica romana, tales como el no arrodillarse si el cura pasaba con el Viático que llevaba escondido y que de improviso sacaba para que se humillara el protestante poniéndose de rodillas.
El no doblegarse a las demandas suponía en muchos casos de jueces indolentes y doblegados al clero, el que muchos fuesen a la cárcel y tuviesen que pagar las costas procesales.
Cuando los protestantes además de la iglesia, tenían escuelas de enseñanza primaria, aunque estuviesen dirigidas por maestros titulados, solían tirarles piedras los maestros de la escuela católica que el mismo clero establecía enfrente para hacer la vida imposible a los alumnos y a los maestros evangélicos.
Cuando estos los enfrentaban, los pleitos no eran solo de faltas sino casi de alta traición a la patria.
Un caso:
· “Estaba un mozo, Alejandro Rodríguez Fernández, en su corral abierto, desatando la yunta de vacas del yugo, él solo, a la hora de mayor calor, en que los tábanos vuelven loco al ganado con sus aguijones, cuando pasaba una procesión a unos 25 metros de distancia. El cura se le acerca, diciéndole: ¡ Hereje, quítate el bonete! (en Asturias antiguamente tenían por gorro el
bonete).
· El joven, que ya de por si se hallaba sobreexcitado, levanta la aguijada sobre el intruso, quien salió disparado a ocupar su lugar en la procesión. Excitación que le valió una condena de pleitos, terminados en el Tribunal Supremo a su favor”.
¿Hasta donde podía llegar la ferocidad contra los protestantes? Se podían contar miles de anécdotas o mejor de desgarradoras historias que deberían estar todas ellas en el martirologio protestante español.
Un simple ejemplo que pudo haber empezado por el
1880 en el pueblo de Besullo y que aparece en el libro de Juan José Plans "Casona":
· “El patriarca de esta familia se llamaba Lorenzo Rodríguez, quien con algún hermano, esposa e hijos abandonó su hogar, posiblemente durante la Invasión Francesa, cuyos soldados no respetaban hogar, templo ni sepulcro en busca de oro y las joyas. Y atravesando montes, valles y ríos encontró seguro refugio en Besullo. Todos eran herreros de oficio y los tíos jóvenes con los sobrinos, evangélicos. De este tronco familiar proceden todos los Rodríguez de Besullo. Por esto, algunos periódicos y revistas tildaron a Casona de protestante, aunque de su familia solo lo hubiera sido su abuelo Alejandrón.
· En Besullo existía la costumbre de apodar con el nombre Castellano al que procedía del otro lado de la Cordillera. Y a la familia del mayorazgo le agradó tanto, que lo adoptaron para formar el compuesto de Rodríguez-Castellano en calidad de título nobiliario, que solo al primogénito le correspondía; pero pasando el tiempo lo adoptaron a discreción.
· Lorenzo fue adquiriendo algunas fincas y construyó la casa. Su primogénito Juan, agrandó la hacienda con nuevas compras. Construyó una fábrica de chocolate y una herrería hidráulica, en la que fundía el mineral de hierro, que extraía de una mina que tenía en la Andulina. En medio de su prosperidad, se enfrentó con el señor Feudal de Besullo y de Cangas. Los pleitos le arruinaron, rescatándolo en parte los Fliedner".
La historia termina con la devolución por parte de los Fliedner, que habían comprado el último lote de la subasta y la casa donde vivía esta próspera familia arruinada después de tanto pleito por ser protestante. Se celebró la devolución como si fuera el Jubileo judío, pues después de cincuenta años la casa volvió a sus primeros dueños.
Federico Fliedner tuvo que hacer frente a la defensa de los protestantes españoles en toda España que se veían inmersos en las mas sorpresivos fanatismos. Uno de las casos en Criptana, a la hora de celebrase el culto, una procesión salió en dirección a la iglesia evangélica y se plantó delante llenándoles de insultos y Fliedner lo describe así:
· “No contentos con esto, intentaron penetrar en la misma capilla, cosa que les fue impedida por unos cuantos hombres evangélicos. El tumulto y el griterío iban creciendo por momentos, pero al entrar desprevenido en la calle el evangelista protestante con sus hijas, que iba a dirigir el culto, el alboroto fanático alcanzó su punto culminante: Hubo un griterío de: ¡Santa Madre, matadlos! ¡Padre nuestro, degolladlos! A duras penas pudieron refugiarse los atacados en la capilla, pero el tumulto fue en aumento; se temía que fueran a asaltar la casa para matar a los que estaban dentro. Asustadas por el terrible griterío, algunas mujeres evangélicas se desmayaron, lo que naturalmente solo sirvió para aumentar la confusión. Pero Dios miraba por los asustados. Un grupo montado de la guardia civil acertó a pasar en su marcha por el pueblo de Criptana en ese preciso momento; oyeron el tumulto, acudieron apresuradamente al teatro del suceso y despejaron la calle”.
Un hecho concreto es el que saca a la luz en noviembre de 1906 "El Pueblo" de Llanes, que nos viene muy bien para ilustrar como se nos trataba a los evangélicos desde el punto de vista judicial. Decía:
“Que en el periódico "
Heraldo de Llanes" que en dicha villa se publica... aparece el siguiente suelto:
· BIEN HECHO: Días pasados un sujeto indocumentado se dedicaba a la venta de Biblias protestantes, prohibidas terminantemente por la Iglesia Católica y con justísima razón, pues de la lectura de esos libros, traducidos en lengua vulgar, sin las correspondientes notas y aclaraciones, han brotado innumerables errores y herejías.
· El luterano vendedor ofrecía los libros a precios inverosímiles por lo bajos. Sin duda era un agente de propaganda sectaria enviado a estas tierras con el objeto de repartir esos venenos morales. Entendiéndolo así el digno Teniente Alcalde D. Juan Romero, dio orden de que fueran recogidas las 27 Biblias que traía consigo el tal pájaro, que fue encerrado por algunos días en la cárcel, marchándose después de la villa."
En este caso de Llanes, del colportor atropellado en sus derechos por vender Biblias y predicar la revelación de Dios, es uno de tantos atropellos cometidos a lo largo y lo ancho de España, pero que este, adquirió resonancia nacional, por haber pasado a las Cortes.
Pero antes de las Cortes, el valiente semanal
"El Pueblo" se dirigía al Ilmo. Señor Fiscal de Oviedo, denunciando la sonora arbitrariedad y abuso de poder del teniente Alcalde, que mete en la cárcel a un sencillo vendedor de Biblias.
No hemos querido echar demasiada tinta sobre el tema de las vejaciones, por no parecer victimistas, pero el tema de las vejaciones y continuas trabas a la labor evangelizadora, no podemos olvidarlo sin faltar a la historia.
"El Pueblo" argumentaba:
1.- Que el Teniente Alcalde había cometido "el delito de detención arbitraria de un ciudadano, comprendido en el Código Penal art. 210, incurriendo en penas de multa o suspensión que en tal precepto se determinan, según el número de días que resulte haber estado en la cárcel pública, el vendedor de Biblias"
La consideración de delito, se solicitaba al Fiscal, porque el colportor "no había alterado el orden público, ni puede caber duda de que el vender Biblias con notas o sin ellas, por precio alto o bajo, ni siquiera el regalarlas, constituya acción u omisión punible". " Es - sigue diciendo- hecho lícito profesar religión distinta a la católica, emitir ideas y vender o trasmitir cualquier libro impreso, cuyo editor haya cumplido los requisitos legales." "El Teniente Alcalde ha infringido la ley al encerrar varios días en la cárcel al que se dice indocumentado, vendedor de Biblias sin notas, sean o no fuente de errores y herejías innumerables, siendo responsable del delito de detención arbitraria de un ciudadano".
2.- Al ordenar "fuesen recogidos las 27 Biblias que traía consigo el tal pájaro" ha cometido otro delito contra la propiedad, despojando a un pobre vendedor de lo que le pertenece y no puede ser privado sin auto ni sentencia de tribunal competente.
"Podrá ser - no nos toca descubrirlo- que la Iglesia Católica tenga prohibida la Biblia sin notas, protestante, como dice el suelto transcrito, y hasta que el error a la herejía haya surgido de tal fuente en distintas épocas e innumerables veces, pero dentro de la libertad y de la misma tolerancia religiosa, dentro del artículo nº 11 de la Constitución española, ni cabe el derecho de impedir a un español o extranjero divulgar, vender o regalar libros de esta comunión cristiana o religión distinta, ni los jueces ni tribunales pueden aplicar leyes distintas a las Civiles y Penales vigentes, ni puede ser dado a un Teniente Alcalde u otro funcionario público, por religioso o fanático que sea,
crear delitos, imponer penas y violar los sagrados derechos de la libertad individual y de la propiedad privada."
Fue valiente el
"Pueblo" de Llanes, pero de poco sirvió. Los atropellos a la Constitución, a las leyes, y al sentido común fueron la constante situación de los evangélicos, siempre comprendidos y apoyados en tiempos de bonanza liberal, pero también, perseguidos y atropellados por la radicalidad clerical.
Cuando el 18 de Junio de 1938 fallece Don Ramón SordoLamadrid esposo de Dª. María Schneider, vuelven los duendes de la intransigencia por Llanes, haciéndose dueños de una situación que violaba el derecho más elemental: el ser enterrado dignamente.
Don Ramón fue enterrado por orden gubernamental, después de cuatro días de permanencia del cadáver en casa, teniendo que ser enterrado a las cuatro de la mañana (noche) por solo seis personas portadoras del féretro"
En su testamento había dejado claro que quería ser enterrado conforme a la Iglesia Evangélica, cuya fe él profesaba, pero no fue respetada su voluntad. Las arengas de "El Heraldo de Llanes" afirmando que la secta protestante era enemiga encarnizada del catolicismo, habían dado sus frutos.
No puedo, tampoco, resistirme a mencionar el desenlace de la arbitrariedad mencionada, del teniente Alcalde y el vendedor de Biblias, que tuvo una trascendencia tal que llegó hasta el mismo Congreso de los Diputados En el diario de sesiones correspondiente al 10 de diciembre de 1906, el Sr. Morote, preguntaba al Ministro, acerca del caso de Llanes y del de Madrid, donde se había negado la asistencia sanitaria a una mujer evangélica, después de haberla ingresado y no poderla convertir al catolicismo.
Morote decía al Ministro que eran casos típicos "característicos del clericalismo en acción"- Al colportor de Llanes no se le había devuelto la cédula de patente de venta de Hacienda " porque no se podía autorizar para venderlas a causa de que eran veneno." Y preguntaba Morote ¿Hay algún artículo en el Código Penal o siquiera en las ordenanzas municipales por donde se pueda prohibir la venta de Biblias, siquiera las Biblias sean protestantes?
Sobre el caso de la joven evangélica en el Hospital de San José, que fue admitida con "la esperanza de convertirla" ya que "ella no negó al entrar en el Hospital su condición de protestante" se hizo con ella no solo coacción, sino delito de lesa humanidad, según declara el Ministro de la Gobernación Conde de Romanones.
El discurso de Morote relata así los hechos:
· " Pero llegó un día en que la superiora se sintió encendida de fervor místico y despidió a todas las enfermeras de aquella sala, menos a una que estaba sorda, para reducir a la obediencia a la joven a la que vengo refiriendo, siendo el diálogo que se entabló del modo siguiente:
- Mujer, tú no eres cristiana.
-Contestó la otra: Lo soy desde el momento que soy protestante, porque creo en Cristo.
-Tú no estás bautizada.
- Lo estoy pero de diferente manera.
- Pues te condenarás para toda la eternidad y bajarás a los infiernos.
- ¡Ah hermana! No sabe nadie cual es la suerte del justo y del pecador.
· Todas esas exhortaciones no podían nada en la voluntad naturalmente recia y firme de la pobre joven, y entonces la Superiora dijo:
-En esta santa casa no se puede consentir la permanencia de una evangélica, porque esto ofende a la religión de Cristo
· ¡Qué profanación!. Invocar el nombre de aquel Cristo que predicaba la caridad por encima de las clases, de las ciencias, de las Naciones y de las razas! Precisamente consistía su religión en eso, en considerar la caridad una virtud, que se debía ejercer lo mismo para los creyentes que para los no creyentes.
· La Superiora no lo entendió así. Dijo que no se podía consentir la permanencia de una protestante en una casa católica, cuando la protestante no ofendía, ni escarnecía las creencias de los demás; y en una tarde de Noviembre de 1906, cuando ya oscurecía, se le arrojó del Hospital de San José, a esta pobre mujer casi una niña, pues tiene veinte años, a la calle.
· Hacía gran frío, pidió, pagando de su bolsillo, que fuesen a buscar un coche; se lo negaron y tuvo que ir arrastrándose porque estaba realmente enferma, hasta un jardín inmediato al Hospital. Allí se sentó en un banco; llamó y cerraron las puertas del Hospital para que no oyeran sus gritos, teniendo que irse en esa forma a casa de una compañera de protestantismo para que la recogiera.
· ¡Y después dirá que no existe clericalismo en España!
· ¡Y después dirá que no es necesario combatir con armas más certeras que las del mero derecho contenido en la Ley de Asociaciones, a esa fiera que se llama fanatismo clerical!
Después intervino el Ministro. Aclaró sobre el caso de Llanes, relatado también por Morote, que aunque no podía intervenir, era "una verdadera extralimitación", porque las Biblias pueden ser vendidas como tantos otros libros que se venden.
Respecto al caso del Hospital de San José, terminó diciendo: "Ahora lo que sucede es que por encima de todas las infracciones legales, está la infracción de lesa humanidad y eso es lo que aquí se ha cometido, un delito de lesa humanidad". No añadiremos más[1].
[1]Historia del protestantismo en Asturias. Manuel de León de la Vega. Publidisa 2011
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