El País ha publicado en su edición de este sábado un bochornoso artículo sobre el crecimiento de iglesias evangélicas en la zona de Carabanchel.
Ferede explica que la mayoría de gobiernos autonómicos propondrán restricciones para los lugares de culto, pero estas podrían variar según resuelvan los tribunales.
Este domingo 9 de mayo decae el estado de alarma y, con ello, las limitaciones a los derechos fundamentales -entre los que se encuentran la libertad de reunión y movimiento- que estaban también afectando a la vida de las comunidades evangélicas.
Para afrontar esta nueva etapa, el Gobierno aprobó el pasado día 4 de mayo el Real Decreto-ley 8/2021 que introduce algunas medidas excepcionales. En el caso de que las comunidades consideren necesario aplicar restricciones a los derechos fundamentales podrán hacerlo con la autorización de sus Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) correspondientes.
En lo que afecta a las iglesias y a la libertad religiosa, si las comunidades autónomas deciden dar continuidad a las restricciones de los aforos de los lugares de culto y otras que puedan afectar al derecho fundamental de libertad religiosa, deberán solicitar la ratificación judicial de tales medidas.
Esto puede provocar un escenario complejo, pues algunos Tribunales pueden ratificar unas medidas en unas comunidades y denegarlas en otras. Para intentar dar una solución a estas discrepancias, el Real Decreto-Ley que acaba de aprobarse ha previsto la posibilidad de que la decisión de los Tribunales Superiores de Justicia pueda ser recurrida ante el Tribunal Supremo, a través de un recurso de casación muy ágil y de tramitación preferente que tendrá que resolverse en muy pocos días.
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Conforme a las intenciones y decisiones que se han conocido de algunas comunidades autónomas, es previsible que la situación no vaya a variar mucho para los lugares de culto. En la mayoría aún están por aprobarse las normas correspondientes, y en otras queda la necesaria ratificación judicial.
Por este motivo, FEREDE recomienda a las iglesias que este domingo mantengan las restricciones en los lugares de culto tal y como se han aplicado en las semanas pasadas, a la espera de que se aclare la situación durante los próximos días.
La federación evangélica informa también que “seguirá examinando todas las normas que vayan siendo aprobadas y seguirá pendiente de los pronunciamientos de los Tribunales Superiores de Justicia para mantener a las iglesias informadas sobre las restricciones que les afecten”.
Se presenta a continuación una recopilación de las medidas que regirán en cada comunidad autónoma, a viernes 7 de mayo de 2021 (este escenario puede variar en los próximos días):
La norma vigente prevé que el aforo en los lugares de culto se mantiene al 50% para las zonas en nivel 2 o 3 y al 30% para las zonas que se encuentran en nivel 4. El Gobierno ha anunciado la previsible eliminación del toque de queda y del cierre perimetral de la Comunidad Autónoma, pero hasta que no sea aprobada la norma no se podrá confirmar esta información.
El aforo en los lugares de culto se mantiene al 50% y permanece vigente el cierre perimetral de la Comunidad Autónoma y del concejo de Llanes hasta el fin del estado de alarma. Ha sido anunciada la ampliación del cierre de la hostelería y la solicitud al TSJ de autorizar cierres perimetrales en lugar concretos, pero se prevé la eliminación del cierre perimetral autonómico. Está por ver cómo quedarán las restricciones de los lugares de culto.
El aforo en los lugares de culto se mantiene al 75% para los territorios que se encuentren en nivel 1, al 50% para los territorios que se encuentren en nivel 2 y al 33% para los territorios que se encuentren en nivel 3 o 4. Las islas que se encuentren en nivel 3 y 4 seguirán cerradas, al menos, hasta el próximo 31 de julio de 2021. No obstante, en este momento no hay ninguna isla en estos niveles, encontrándose todas en nivel 1 o 2, por lo que, a efectos prácticos, no existe ningún cierre perimetral.
No obstante, el gobierno autonómico ha manifestado su intención de mantener el toque de queda, el control en puertos y aeropuertos y el resto restricciones una vez finalice el estado de alarma.
Se ha aprobado una norma que prevé una ligera flexibilización de algunas medidas relativas a los aforos en bodas, congresos, velatorios, etc. El aforo de los lugares de culto permanece limitado a 1/3, no obstante, estamos a la espera de una nueva norma que regule aquellas cuestiones que afectan a la limitación de derechos fundamentales: restricción perimetral de la Comunidad Autónoma, toque de queda, aforo de los lugares de culto, etc. También se prevé la eliminación del cierre perimetral autonómico, así como la eliminación o flexibilización de otras limitaciones.
El aforo de los lugares de culto sigue limitado a un 50%, salvo en los municipios afectados por el nivel más alto de restricciones, que queda limitado a un tercio (33%). Actualmente estos municipios son Cambados, Cualedro, Laza y Vilanova de Arousa. Tras el fin del estado de alarma, se ha anunciado el fin del cierre de la comunidad autónoma y la suspensión del toque de queda, salvo en los municipios con una incidencia superior a 500 casos por cada 100.000 habitantes en los 14 días o superiores a 200 en 7 días, donde se solicitará al TSJ la limitación de encuentros nocturnos y mantener el toque de queda.
El aforo para los lugares de culto se mantiene al 50% con carácter general y al 33% para las zonas de salud perimetralmente restringidas. Tras el estado de alarma, el gobierno prevé mantener estas restricciones de movilidad y ha solicitado la ratificación del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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Se prevé aprobar una norma que elimine la restricción perimetral autonómica y mantenga las limitaciones de circulación de personas en horario nocturno y de agrupaciones o reuniones de carácter familiar y/o social a un número máximo de 10 personas. También se prevé que los lugares de culto tengan limitado su aforo al 75%. El Tribunal Superior de Justicia de Valencia se ha pronunciado hoy mismo validando las restricciones planteadas por la Comunidad Valenciana.
El Gobierno planteó su intención de seguir aplicando las restricciones que, hasta ahora, estaban en vigor. El Tribunal Superior de Justicia se pronunció ayer avalando las restricciones planteadas por el Gobierno Balear. Entre estas restricciones, se encuentra la limitación del aforo de los lugares de culto al 50% hasta el 23 de mayo. En los próximos días se publicará la norma autonómica y se conocerán todos los detalles de las restricciones que seguirán vigentes.
Se ha anunciado que la comunidad prorrogará, vía decreto, algunas de las restricciones existentes. Igualmente, se ha anunciado que se buscará la correspondiente autorización del Tribunal Superior de Cantabria.
Ha sido anunciado el fin del toque de queda y del cierre de la comunidad autónoma a partir del 9 de mayo. Sin embargo, la Generalitat pretende continuar con las restricciones para limitar las reuniones a 6 personas y los aforos en los lugares de culto, que parece que seguirían al 50%. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña acaba de dar su visto bueno a las restricciones propuesta por la Generalitat, que se aprobarán próximamente.
Se acordará que la comunidad quede desconfinada desde el domingo y también se eliminará el toque de queda. Hoy, viernes, se aprobará un decreto ley que, al parecer, mantendrá algunos confinamientos municipales. Por lo demás, en esta comunidad la situación puede ser distinta a la de las demás, pues el Gobierno pretende dar continuidad a las restricciones vigentes a día de hoy, sin necesidad de acudir a los Tribunales, ya que en su día aprobó una Ley autonómica, la Ley 3/2020, que contemplaba todas las restricciones y que parece que mantendrá en vigor. Esto podría implicar que continúe la limitación de aforo en los lugares de culto al 50% y la prohibición de cantar.
Quedará sin efecto el toque de queda nocturno y el cierre perimetral, pero se prevé dar continuidad a otras restricciones tales como el límite de 6 personas para las reuniones sociales. Se ha anunciado que el aforo permitido en los lugares de culto subirá al 75%.
Se ha aprobado la eliminación de la restricción de entrada y salida de la comunidad autónoma. También ha aprobado una serie de medidas que se aplicarán en fusión del nivel de riesgo existente. Existirán cinco niveles de alerta, desde el nivel de “nueva normalidad”, hasta el nivel 4, y cada fase tendrá sus previsiones de aforo. No se sabe aún en qué nivel se situará la comunidad cuando empiecen a aplicarse estas medidas.
Sorprende, inicialmente, que en el nivel de más bajo riesgo en el que el aforo de los lugares de culto está en el 75% se prevé que deberán reducirse o suprimirse las actividades que impliquen el canto, baile o contacto y que no se permiten las actuaciones de coros durante las celebraciones.
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Se ha anunciado la eliminación de la restricción perimetral autonómica y del toque de queda. No obstante, se ha aprobado una norma que prorroga por siete días las mismas restricciones que ya estaban vigentes, variando el nivel de alerta en algunos municipios. No hay por tanto cambios de fondo, y está por ver si se produce la ratificación de las medidas por parte del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad.
Ya se ha aprobado una norma que modifica los niveles de alerta y que entra en vigor el 9 de mayo, pero aún no se conoce el nivel de alerta en el que se encontrará la comunidad.
El Tribunal Superior de Justicia no ha avalado la continuidad de las restricciones propuestas por el Gobierno Vasco, así que está pendiente ver si se aplicará algún tipo de restricción en esta comunidad.
Se ha aprobado una norma que prorroga las limitaciones existentes en algunos municipios con incidencia alta del virus, pero las medidas actuales referentes al cierre perimetral de la comunidad autónoma y al aforo para los lugares de culto expiran el 8 de mayo. Aún no se ha aprobado la norma que determinará lo que suceda a partir de entonces.
Se han aprobado nuevas medidas, y se prevé que el aforo para los lugares de culto se mantenga igual que hasta ahora, sin estar permitida la actuación de coros ni realizar cantos durante las celebraciones. Estas medidas ya han sido ratificadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
El cierre perimetral de la ciudad autónoma, junto con el aforo de los lugares de culto limitado a un cuarto se mantiene vigente hasta el 9 de mayo. Suponemos que en próximos días se aprobará una norma que clarifique cómo quedará la situación.
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