El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes dos anteproyectos de ley para reforzar la protección de los menores ante situaciones de abusos sexuales y de violencia, y también acelerar los procesos de acogimiento y adopción.
Con la nueva ley,
las personas que hayan sido condenadas por delitos contra la libertad sexual, trata y explotación de menores no podrán desempeñar profesiones que supongan un contacto con menores como puede ser el de maestro.
Además,
cualquier ciudadano que en el ejercicio de su profesión conozca un hecho que pudiera constituir un delito contra un menor tendrá la obligación de ponerlo en conocimiento de la Fiscalía.
En el caso de los menores hijos de mujeres maltratadas, se cambiará la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género para
incluirles específicamente como víctimas de la violencia machista. El juez estará obligado a dictar cómo se cumplirá el régimen de comunicación o visitas si decide no suspenderlo.
PROTEGER SU INTEGRIDAD FÍSICA
La reforma también toca la
participación de los menores en procedimientos judiciales: deberán ser oídos y escuchados, aunque sean menores de 12 años, siempre que acrediten madurez suficiente.
Se evitará también la llamada 'victimización secundaria' en estos procesos, de forma que el niño victima o testigo solo tenga que prestar testimonio una vez y sea asistido por expertos en desarrollo infantil todo el tiempo.
Asimismo,
se establece la posibilidad de que el juez prohíba a los agresores de menores que se aproximen a él, a su domicilio o centro educativo,
así como la comunicación, de manera que éste no pueda tener contacto visual, escrito o verbal con el niño.
Para los menores que sufren violencia de género, la reforma establece que se procurará que estos niños permanezcan con sus madres, independientemente de la edad.
“El 65% de las mujeres maltratadas tienen hijos menores y de este porcentaje el 54% asegura que sus hijos han sufrido maltrato. En 2012, un total de 3.191 menores fueron víctimas de delitos contra la libertad sexual”, ha precisado Mato, unos datos que las ONG que trabajan con la infancia consideran que no reflejan toda la realidad y son la punta del iceberg del problema.
La reforma de la Ley de Protección a la Infancia señala que “cualquier persona o autoridad que tenga conocimiento de la posible comisión de un delito contra un menor debe ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal”. Se presente evitar así nuevos casos como el del colegio madrileño Valdeluz donde la Comunidad de Madrid conoció los abusos sexuales contra las alumnas y no los denunció.
MÁS AGILIDAD EN LAS ADOPCIONES
En cuanto a las adopciones,
se crea una nueva figura, la de la adopción abierta, para que los menores puedan mantener contacto con sus padres biológicos, una figura que ya existe en países como Estados Unidos.
También
por primera vez habrá un protocolo para las mujeres que dan en adopción a sus bebés nada más nacer en el hospital. Son 300 casos al año. A estas mujeres se les simplificarán los trámites y tendrán un plazo de seis semanas para firmar un único consentimiento.
Además,
la reforma pretende que los menores de tres años vivan con familias de acogida y evitar así que ingresen en una residencia. También el menor podrá iniciar la convivencia con la familia adoptante antes de que haya una decisión definitiva del juez. Ahora mismo hay en las residencias 35.000 menores bajo tutela de la administración esperando ser adoptados. La reforma incorporará también reformas sobre el funcionamiento de los centros a menores con trastornos de conducta.
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