El Consejo de Ministros aprobó la Ley Integral para la Igualdad de Trato y la no Discriminación. Según la ministra
Leire Pajín, el proyecto de ley, que se remite con carácter de urgencia al Parlamento, responde a la necesidad de que la ciudadanía pueda ejercer plenamente sus derechos y garantiza que nadie pueda ser discriminado.
La iniciativa aprobada aporta a los motivos de discriminación recogidos hasta ahora en la Constitución y en la normativa europea la identidad sexual y la enfermedad.
Según informa el Ministerio, los motivos de discriminación que se recogen en la ley son nacimiento, origen racial, o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La Ley puede consultarse desde la página web del ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad (
en pdf).
Para el Gobierno,
la norma incluye a todas las personas y alcanza a ámbitos como el empleo, la educación, la asistencia sanitaria, el acceso y permanencia en establecimientos o espacios abiertos al público y la publicidad y medios de comunicación. Además, abarca la afiliación y participación en organizaciones políticas, sindicales, empresariales y profesionales; la protección social, prestaciones y servicios sociales; y el acceso a bienes y servicios a disposición del público, incluida la vivienda.
PUNTOS CALIENTES
La propuesta recogida en el texto acerca de no subvencionar a los colegios que discriminan «por las razones que son objeto de la ley», defendida por Pajín, ha sido avalada por
el Consejo de Estado, que ha dictaminado que no vulnera el derecho de los padres a que sus hijos reciban una formación religiosa ni moral acorde a sus propia convicciones. Según el Consejo, tampoco afecta a la libertad de educación ni la de creación de centros docentes, porque, al margen de la financiación pública, se puede seguir aplicando el modelo de educación diferenciada.
La norma incorpora por primera vez al ordenamiento jurídico definiciones como discriminación por asociación y discriminación por error, discriminación múltiple, acoso discriminatorio, inducción, orden o instrucción de discriminar o represalia. La ley especifica que en la contratación de seguros, en ningún caso el sexo podrá constituir un factor que determine diferencia de trato en las primas y prestaciones de las personas aseguradas.
Además,
se prevé la creación de la Autoridad Estatal para la Igualdad de Trato, un organismo unipersonal, paralelo al Defensor del Pueblo, que prestará asistencia a los afectados, que permite promover fórmulas de mediación o conciliación entre las partes con su consentimiento. Esta autoridad podrá investigar por cuenta propia la existencia de posibles casos de discriminación, además de ejercer acciones judiciales en defensa de los derechos derivados de esta ley. Será elegido por el Gobierno mediante Real Decreto, entre personalidades de reconocido prestigio en la defensa y promoción de la igualdad de trato y la lucha contra la discriminación, y ocupará su cargo durante seis años, sin posibilidad de reelección, según el texto.
SECTORES CRÍTICOS
El proyecto de ley ha causado una importante polémica en algunos sectores, que han considerado que esta ley se opone a principios constitucionales como la libertad de opinión, la libertad de los padres para escoger la educación de los hijos, o la libertad de propiedad.
El caso más sonado es el de los
colegios que separan a sus alumnos por motivo de sexo que perderían la posibilidad de contar con subvenciones del Estado, es decir, dejarían de ser concertados. Este cambio haría necesaria una modificación en la Ley Orgánica de Educación, como ha observado el Consejo de Ministros en su revisión del anteproyecto de ley presentado en marzo.
En esta línea, algunas asociaciones del ámbito educativo (
CONCAPA, COFAPA, CECE, Escuelas Católicas entre otras) mostraron su preocupación “por la conflictividad que podría llegar a provocar la definición del concepto de igualdad por una autoridad sancionadora arbitraria y sujeta a interpretaciones subjetivas o coyunturales”.
También asociaciones de Empresarios como
CEOE y CEPYME presentaron su oposición a este proyecto de ley, alegando que atenta “contra un derecho consolidado en nuestro ordenamiento jurídico, como es el de la libertad de empresa” al pretender “extinguir modelos educativos legítimos”.
La ley también regulará la Igualdad de Trato en los medios de comunicación masivos, por lo que ha tenido una contestación firme por parte de la
Asociación de Editores de Diarios Españoles (AEDE) que han expresado su malestar porque en su opinión, esta ley “pretende realizar una concepción expansiva del derecho de igualdad que entra en conflicto con la libertad individual de los ciudadanos”.
En el ámbito político, algunas fuerzas ya se han dado su opinión al respecto, como es el caso de ERC.
Joan Tardá, diputado de esta formación, afirmó que se trata “una norma progresista si se garantiza la igualdad de trato, y ya es hora porque estamos en el siglo XXI y no en el año 1940”. Por su parte, el Partido Popular ha indicado que rechazará su tramitación urgente en el Parlamento al considerar que es un texto complejo que ha suscitado dudas incluso entre los órganos consultivos que lo han examinado, “por lo que el proyecto debe analizarse detenidamente”, explicó
Soraya Sáenz de Santamaría, portavoz de la formación.
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