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Aumentan las pruebas de paternidad, privadas y judiciales

La reducción de los precios es uno de los factores que han llevado a un considerable aumento de las pruebas de paternidad. Pero también el aumento de separaciones y divorcios han ayudado a que la tendencia haya dejado de ser relevante más allá del mundo de los famosos. En España se realizan alrededor de 4.000 pruebas de paternidad al año y en un 15-20% de los casos se confirma que el padre analizado no es el padre biológico.
SANTA CRUZ DE TENERIFE 15 DE MARZO DE 2009 23:00 h

“Aumento de divorcios, emigración e infidelidad”. Así resume las razones del auge de las pruebas de paternidad Rosario Cospedal, directora general de la compañía biotecnológica Genómica, que realiza test de ADN desde 1990. “Si hace años casi todos los casos correspondían a madres que reclamaban para sus hijos una paternidad, últimamente han aumentado los expedientes de varones que, ante un proceso de divorcio, quieren saber si realmente son los padres biológicos de los hijos que tuvieron durante el matrimonio. De esa forma, si logran demostrar que no lo son, se evitan el pago de las pensiones alimenticias de sus no hijos”.

Pero las mujeres siguen pidiéndolas, también. “Quieren tener seguridad absoluta de quién es el padre biológico y exigir sus obligaciones”, explica Francisco Villanueva, director comercial de Laboratorios González Santiago.

Normalmente, las pruebas más solicitadas son la privadas o informativas, en las que no se comprueba la identidad de las personas que se toman las muestras, sino que se limita a establecer la relación de parentesco entre dos muestras A y B. En este caso, explica Villanueva, los resultados no podrán usarse en un juicio, aunque sí son suficientes para sacar de dudas al interesado.

COMPLICADOS PROCESOS, EN CASO DE JUICIO
En las pruebas con validez judicial, el procedimiento cambia. En primer lugar, explica Villanueva, para que una paternidad tenga valor probatorio es imprescindible que las personas solicitantes sean adecuadamente identificadas. Se hace fotografía de comparecencia, se toman huellas dactilares y se asegura la “cadena de custodia”, documento cumplimentado y firmado por todas las personas bajo cuya responsabilidad hayan estado las muestras. Si hay un menor, hay que comprobar que la parte solicitante tiene su custodia.

Los jueces, sin embargo, se decantan por hacer estas pruebas vía Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses porque, en un principio, “se trata de un organismo neutral y no ha sido propuesto por ninguna de las partes implicadas en el proceso”, afirma José Antonio Cuellas, director del Instituto en Tenerife.

Para que la prueba tenga validez judicial suele ir al laboratorio el secretario judicial que da fe de que las personas que se van a realizar el test son las que acredita su documentación y, considerando que estos documentos podrían estar falsificados (hubo un caso en el que se presentó una hermana, para que la prueba saliera negativa) además se toman fotografías y huellas dactilares “para tener ciertas garantías”. En otros casos, explica, las pruebas vienen directamente custodiadas del juzgado.

A diferencia de los laboratorios, el Instituto no cita a las partes el mismo día. “Se trata de una situación difícil”, explica Cuellas, “en muchos casos hay problemas personales”.

Normalmente, la prueba se realiza a dos de los implicados, aunque lo “idóneo” es que sean las tres partes (madre, padre e hijo, en el caso de una prueba de paternidad), ya que los resultados serán mucho más consistentes. Por ejemplo, “podemos obtener una paternidad del 99,976%, pero si incluimos la muestra de la madre, este porcentaje puede llegar al 99,999%. Aunque parezca que no aumentamos la fiabilidad en nada, esos nueves después de la coma son muy importantes”, señala.

Al margen del cálculo probabilístico, se puede dar el caso en el que si se hacen las pruebas los tres miembros de la familia (o los demás hijos si los hay) se descarte al padre y a la madre, aunque esto pueda parecer un poco ilógico. Es la también denominada prueba de maternidad. La madre es la madre. De eso no hay duda, explica Cuellas, pero existe el delito de suposición del parto, “en el que se ha hecho creer que la mujer estaba embarazada y lo que ha hecho es comprar un niño o robarlo, o simplemente, puede ocurrir, y de hecho ha ocurrido, una transacción de niño en el hospital”.

PRUEBA PARA EXIGIR OBLIGACIONES AL PADRE
Los motivos por los que una persona se decide a realizar este tipo de prueba son muchos y variados. El más común son las dudas. El padre quiere asegurarse de que su hijo es su hijo realmente y la madre que el juez exija al padre biológico sus obligaciones. Pero también se realiza este tipo de pruebas entre hermanos (pruebas de hermandad) y también por motivos de herencia. En estos casos, la prueba puede complicarse cuando una de las partes (normalmente los progenitores) ha fallecido, puesto que entonces habría que proceder a la exhumación de los restos, aunque hay otra posibilidad, según apunta Cuellas que consiste en reconstruir el perfil genético del padre fallecido a través de los abuelos.

Las muestras biológicas, en los casos de fallecimiento, se pueden obtener a través de objetos con material biológico de carácter indubidato, es decir, que no haya duda de que esas muestras pertenezcan al fallecido (restos del cepillo de dientes o mechones de pelo) o también directamente del cadáver. Si éste es reciente “es más fácil trabajar con muestras del tejido muscular o células que no han quedado degradadas”. En el caso de que el cuerpo esté en fase de esqueletización se “realizará una extracción de ADN de los huesos o piezas dentales. Si el fallecido ha sido sometido a alguna intervención quirúrgica y se le ha extraído alguna pieza (el apéndice o una biopsia) también se puede extraer una muestra, siempre que éstas hayan sido conservadas de forma correcta. Ahora bien, Cuellas asegura que es más fiable esta última extracción hospitalaria que sacar una muestra de algún objeto personal, “puesto que no hay seguridad de que éstas no hayan sido manipuladas por un familiar”.

EL COSTE
Pero, ¿cuánto cuesta hacer una prueba de paternidad? El precio varía en función de donde se realice. Por ejemplo, si el interesado acude a un laboratorio privado, éste deberá desembolsar entre 500 y 1.000 euros dependiendo de si la prueba es para uso privado o judicial. El Instituto público, por su parte, y salvo que alguna de las partes tenga reconocida la justicia gratuita, tiene establecido un precio que es de 300 euros por individuo al que se toma la muestra.
 

 


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COMENTARIOS

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Respondiendo a

mers
25/07/2011
13:22 h
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exhumaron a la persona que creo que es mi padre, por orden del juzgado, para la prueba de ADN para saber si soy su hijo, ahora el juzgado me cobra 1600 euros, quierosaber si eso es legal, hay un proceso desde el año 2004 por favor necesita saber. respuesta a [email protected]
 



 
 
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