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La Fundación Alternativas sostiene que financiar religiones es inconstitucional

"El marco de relaciones entre el Estado y la Iglesia católica es manifiestamente mejorable y en algunos casos profundamente inaceptable", dijo ayer el director del Laboratorio de Alternativas, Juan Manuel Eguiagaray. El ex ministro socialista presidió la presentación de un proyecto de estatuto de laicidad redactado por expertos de la Fundación Alternativas, donde se sostiene que el sistema vigente de financiación de la Iglesia católica es inconstitucional y no se justifica con el argumento de qu
Madrid 25 DE JULIO DE 2005 22:00 h

"El acuerdo sobre asuntos económicos, de 1979, estableció un régimen temporal de financiación estatal de la Iglesia católica que, además de haber sido incumplido por ambas partes, resulta de difícil encaje en la definición de un Estado laico o aconfesional, ya que la financiación de las confesiones religiosas no puede entenderse como contenido del derecho de libertad religiosa, amén de que su mantenimiento únicamente en favor de la Iglesia católica supone una violación del principio de igualdad consagrado por la Constitución", sostiene el detallado informe presentado ayer por la Fundación Alternativas con el título Estatuto de laicidad y acuerdos con la Santa Sede: dos cuestiones a debate. Sus autores son José María Contreras Mazarío y Oscar Celador Angón, profesores de Derecho Eclesiástico del Estado en las universidades Pablo de Olavide (Sevilla) y Carlos III (Madrid), respectivamente.

Frente a una situación "insostenible" -en la que el Estado paga salarios a sacerdotes y a profesores de religión seleccionados para cada curso escolar por los obispos-, hay dos opciones, según estos expertos. "La primera es la de continuar con la financiación estatal de la Iglesia católica, en cuyo caso debería extenderse a otros grupos religiosos; y la segunda es la sustitución del sistema de asignación tributaria por un generoso régimen de deducciones fiscales para las donaciones que los particulares realicen a la Iglesia católica. Hablamos de una medida transitoria, o bien de una medida fiscal que debe ser aplicable tanto a los demás grupos religiosos (con independencia de que tengan acuerdos con el Estado), como a los demás grupos ideológicos, para evitar lesionar, de nuevo, los principios de laicidad y no discriminación".

En la actualidad, el Estado paga los salarios del clero católico mediante una transferencia mensual de fondos desde el Ministerio de Hacienda a la Conferencia Episcopal (141.469.680 euros en 2005), además de dispensar a esa confesión de un trato fiscal privilegiado, con exenciones del IVA y de los impuestos de patrimonio, sucesiones y donaciones, entre otros, y de pagar los salarios de sus docentes de catolicismo, unos 18.000. "Son cantidades que podrían marear al lector y algunas de ellas tienen dificultades de encaje con la legislación europea", declaró el 29 de mayo pasado el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, del que depende la gestión de los asuntos religiosos. Frente a esas cifras, el Estado ha presupuestado este año tres millones de euros para financiar algunas actividades de las confesiones protestante, judía y musulmana, mediante la creación de una fundación pública controlada por el propio ministerio.

EL PRINCIPIO DE IGUALDAD
Los expertos de la Fundación Alternativas subrayaron ayer la impresión del ministro de Justicia, pero avanzaron más en sus conclusiones al sostener que "el principio de laicidad impide que el Estado financie económicamente la actividad de culto de las confesiones religiosas". El que se financie a la Iglesia católica supone, además, una violación del principio de igualdad porque al subvencionar a esa iglesia y no a otras "el Estado entiende que una creencia es mejor que otra y se erige en sujeto activo", advierte José María Contreras.

Por su parte, Oscar Celador señaló que la Ley Orgánica de Libertad Religiosa, de 1980, "no incluye el derecho de ningún grupo religioso a ser financiado por el Estado". "Es necesario un régimen fiscal único para todos los grupos religiosos, al contrario de lo que sucede actualmente. El régimen fiscal no puede basarse en pactos y acuerdos con el Estado", añadió.

El estatuto de laicidad presentado ayer también alude a la enseñanza de la religión en la escuela española y el conflictivo estatuto jurídico de sus docentes. "La enseñanza de la religión de manera confesional debe situarse en el ámbito de lo privado y personal, o todo lo más como una disciplina complementaria con libertad de acceso de la propia confesión", señala. En consecuencia, los profesores seleccionados por los obispos deberán tener una relación contractual con cada diócesis, y no con la Administración del Estado, como ocurre ahora.
 

 


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