Esto solía hacerse, en Mesopotamia y en el pueblo de Israel, por medio de la entrega de una concubina fértil al marido para que éste tuviera relaciones sexuales con ella y así, el hijo de tal unión pudiera ser reconocido como hijo legítimo de la esposa oficial. Tal situación es la que se expresa en la petición de Sarai a su esposo Abram: "Dijo entonces Sarai a Abram: Ya ves que Jehová me ha hecho estéril; te ruego, pues, que te llegues a mi sierva; quizá tendré hijos de ella. Y atendió Abram al ruego de Sarai" (
Gn. 16:2). ¿Podría decirse que el hijo nacido de aquella unión, Ismael, fue hijo de una madre subrogada, Agar?
Tanto en los códigos de Mesopotamia como en la antigua época israelita, los hijos de las concubinas esclavas no tenían parte en la herencia, a no ser que fueran adoptados y se transformaran así en hijos de las esposas libres. Otra situación similar es la ocurrida entre Jacob y Raquel. El texto bíblico lo relata así:
"Viendo Raquel que no daba hijos a Jacob, tuvo envidia de su hermana, y decía a Jacob: Dame hijos, o si no, me muero. Y Jacob se enojó contra Raquel, y dijo: ¿Soy yo acaso Dios, que te impidió el fruto de tu vientre? Y ella dijo: He aquí mi sierva Bilha; llégate a ella, y dará a luz sobre mis rodillas, y yo también tendré hijos de ella. Así le dio a Bilha su sierva por mujer; y Jacob se llegó a ella. Y concibió Bilha, y dio a luz un hijo a Jacob. Dijo entonces Raquel: Me juzgó Dios, y también oyó mi voz, y me dio un hijo. Por tanto llamó su nombre Dan ("Él juzgó")" (
Gn. 30:1-6).
El concepto de "dar a luz sobre las rodillas" se refiere al rito de adopción. Lo que se hacía era colocar al bebé en el regazo de la mujer que deseaba adoptarlo para indicar que era como si legalmente ella lo hubiera dado a luz. A partir de ese momento es Raquel, la madre legal, quien le pone el nombre al niño, en vez de hacerlo Bilha, la madre biológica, y el pequeño pasa a ser legítimo heredero de su padre Jacob. De manera que, salvando las distancias, se podría decir que Raquel, la mujer de Jacob, "alquiló" a una sierva propia para que le diera el hijo que ella no podía tener. ¿Un caso bíblico de maternidad de alquiler?
Las diferencias entre estos acontecimientos del Antiguo Testamento y la práctica actual de la maternidad subrogada son obvias. En el pasado era el marido de la esposa estéril quien realizaba el acto sexual con la mujer sustituta. Hoy tal práctica se vería como una forma de fornicación o adulterio pactado y desde una perspectiva cristiana sería moralmente rechazable. Sin embargo, para la moral sexual de los hebreos, en aquel período antiguo de su historia, era aceptable y normal la poligamia o el concubinato con las siervas. Ninguna de las partes implicadas, ni el marido, ni la esposa infértil o la concubina, tenían intención de romper el vínculo del matrimonio. Nadie lo veía como una forma de fornicación o adulterio. Evidentemente estas costumbres sexuales fueron evolucionando poco a poco debido al influjo de Dios a través de sus mensajeros hacia un nuevo entendimiento del deber moral.
Hoy, sin embargo, la maternidad de alquiler se realiza mediante inseminación artificial o fecundación "in vitro" con transferencia del embrión. ¿Puede llamarse a esto adulterio o fornicación? ¿Atenta esta práctica contra la relación existente en el matrimonio? Si en aquella remota época veterotestamentaria hubiera existido la inseminación artificial o la fecundación in vitro ¿acaso Sarai y Raquel no hubieran preferido tales métodos? Desde la ética evangélica del amor, del altruismo y de la entrega al que sufre o al enfermo, no parece que la maternidad de alquiler basada verdaderamente en el valor de crear vida por afecto, sea algo que categóricamente se deba rechazar.
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