Derechos del hombre y derechos de Dios - (XVII)Para finalizar esta serie sobre “Derechos de Dios y derechos humanos” expondremos las conclusiones teológicas y prácticas a las que se ha llegado en la Alianza Reformada Mundial con respecto a su aplicación a la Iglesia.
ALIANZA REFORMADA MUNDIAL
La "Alianza Reformada Mundial” presentó en 1970, en su asamblea general en Nairobi, un estudio sobre la base teológica de los derechos Humanos. Entre 1971 y 1975 se dieron a conocer por parte de muchos miembros de distintas iglesias así como por muchos teólogos una multitud de reacciones, y aclaraciones, a diversos aspectos de la cuestión. Evidentemente, este estudio suscitó gran interés y dio lugar a una reflexión que desbordó a la misma ARM.
En febrero de 1976, la sección de la ARM presentó una consulta en Londres con el objeto de reunir los resultados del estudio e intentar alcanzar la unificación del pensamiento reformado en relación con este tema. En la consulta tomaron parte 21 teólogos de seis continentes, bajo la presidencia del profesor checo Dr. Jan M. Lochman. Una de las contribuciones más destacadas fue la de Jürgen Moltmann.
Al término de los debates sobre este documento, los participantes prepararon las normas teológicas que resumimos a continuación.
NORMAS TEOLÓGICAS
1. La aportación básica de Jan M. Lochman fue la solución a la problemática que plantean los derechos del hombre es la aportación de que los derechos humanos fundamentales proceden del derecho de Dios sobre los hombres.
2. Considerar la vida humana en su totalidad, expresada en tres formas complementarias fundamentales: hombre y mujer, individuo y sociedad, vida humana y su contexto teológico.
3. La fuerza liberadora de Jesucristo, confirmando el ministerio eclesial de la reconciliación y de la gracia.
CONSECUENCIAS PRÁCTICAS
El enfoque bíblico de los derechos humanos conduce a resultados de orden práctico. Por ejemplo, los llevan a sus correspondientes responsabilidades numerosos principios sobre los derechos humanos dentro de la Iglesia.
Para que en la comunidad cristiana, los derechos de hombres y de las mujeres sean reconocidos y llevados a la práctica plenamente, se recomienda:
a) Se recomienda a todos los miembros de la Iglesia que estudien las normas teológicas que se proponen y, a partir de ellas, preparar programas, de acuerdo con las condiciones locales. Algunos de los siguientes derechos merecen especial atención derechos del individuo, derechos de la sociedad en su conjunto, derechos en relación con el medio ambiente, derechos de las generaciones futuras.
b) Se recomienda a los miembros de la Iglesia que procuren interesar a los demás para que, según sus posibilidades, trabajen en favor de los derechos humanos.
c) La violación de los derechos humanos y la destrucción de las relaciones humanas van de la mano. Por ello, deben llevarse a cabo procesos de reconciliación, sabiendo que los enfrentamientos y el dolor son necesarios siempre que se quiera poner de manifiesto la falta de justicia, y la crueldad a que están sometidos muchos seres humanos. El proceso de reconciliación comienza con el pleno reconocimiento de la dignidad de todos los hombres.
d) Al respetar la dignidad y los derechos de los demás cristianos, las Iglesias provocan su interdependencia, que es la demostración de una nueva creación en la que se renueva la imagen de Dios (Col. 3: 10-11). Sólo así puede ser creíble y cambiar el testimonio de la Iglesia en el mundo.
FIN DE LA SERIE “DERECHOS DE DIOS Y DERECHOS HUMANOS”
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