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El Constitucional paraliza la secesión del Parlament

El Tribunal Constitucional acepta a trámite el escrito de inconstitucionalidad del Gobierno español contra la resolución independentista del Parlamento catalán. 21 cargos catalanes podrían ser suspendidos.

FUENTES Efe, El País MADRID 11 DE NOVIEMBRE DE 2015 18:05 h
Tribunal Constitucional La sede del Tribunal Constitucional en Madrid / LD

El Tribunal Conctitucional (TC) ha aceptado a trámite el recurso de inconstitucionalidad contra la resolución del Parlamento catalán para comenzar el proceso para independizarse de España.  La respuesta se ha producido a última hora de esta tarde, después de que lLa Abogada General del Estado, Marta Silva de Lapuerta, registrase a las 12.10 del día de hoy el texto ante el TC.



El pleno del Tribunal Constitucional ha aprobado por unanimidad esta decisión. La reunión del pleno ha sido más larga de lo previsto y ha durado casi tres horas.



Esto provoca de forma automática, tal y como dicta la Constitución, la suspensión de la resolución impugnada. El TC tendrá un plazo de cinco meses (prorrogable) para dictar sentencia.



El Consejo de Estado había avalado este martes al Gobierno para impugnar la resolución independentista aprobada por el Parlamento catalán.



El recurso pide al tribunal Constitucional que advierta a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, al secretario, Pere Sol, y a toda la Mesa de la Cámara, así como a Artur Mas y a su Gobierno, de la posibilidad de ser suspendidos de sus funciones o acusados de desobediencia.



 



EL TC SUAVIZA LA PETICIÓN DEL GOBIERNO



El pleno del Constitucional ha decidido comunicar nominalmente la decisión judicial a los 21 cargos que deben cumplirla, pero, según fuentes del tribunal, ha suavizado la petición del Gobierno, ya que no se les apercibe de forma directa ni de suspensión de funciones ni del delito de desobediencia.



En la providencia del acuerdo, advierte a los 21 cargos de que podrían incurrir en "eventuales" responsabilidades penales en caso de incumplimiento. "Se les advierte de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudiera incurrir", señala textualmente la decisión judicial.



Los magistrados del Constitucional han decidido, además, que en su resolución figure que la notificación personal se realiza a petición del recurrente, es decir, del Gobierno.



El matiz de la decisión del Constitucional respecto de la petición del Ejecutivo radica en que el tribunal no habla de suspensión de funciones ni admite la reclamación del Gabinete de Mariano Rajoy de apercibir de la aplicación de uno de los artículos de la reforma de la ley del alto tribunal que permite la suspensión de funciones de los cargos públicos (el artículo 92.4).



 



EL RECURSO DEL GOBIERNO



El Gobierno de Rajoy pide en su recurso que se les haga un “apercibimiento expreso de suspensión en sus funciones” a 21 altos cargos catalanes —entre ellos la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carmen Forcadell, y el presidente en funciones Artur Mas— en virtud del artículo 92.4.b) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) que alude al incumplimiento de sus obligaciones constitucionales.



El recurso solicita al Tribunal Constitucional que se notifique “personalmente” la providencia de suspensión a la presidenta del Parlamento de Cataluña y de la Mesa, Carmen Forcadell, y al presidente en funciones, Artur Mas, así como también a quien sea nombrado “como consecuencia del acto de investidura por el Parlamento catalán recién constituido”.



También reclama que sean informados otros 19 cargos, entre miembros de la Mesa del Parlamento de Cataluña y los miembros del Gobierno de la Generalitat en funciones.



En el texto, el Gobierno solicita al Constitucional que “imponga” a Forcadell, a los miembros de la mesa y al secretario general del Parlamento de Cataluña “la prohibición expresa de admitir a trámite”, ya sea en toma de consideración, o para debatirlo o votarlo, “iniciativa alguna de carácter legislativo o de cualquier otra índole, que directa o indirectamente pretenda dar cumplimiento a la Resolución suspendida”.



 También reclama que se le prohíba al presidente en funciones de la Generalitat y a todo su Consejo de Gobierno, “promover iniciativa legislativa” o “dictar” normas de rango reglamentario o realizar “cualquier otra actuación” con la misma finalidad.



 



¿QUÉ SE QUIERE BLOOUEAR?



Las maniobras que el Gobierno pretende bloquear no son solo las tres leyes prometidas por los independentistas —las de proceso constituyente, seguridad social y hacienda propia—, sobre las que existe escaso o nulo margen al estar el Ejecutivo catalán en funciones, sino también el bloque de medidas sociales que Junts pel Sí y la CUP pactaron y decidieron añadir en el anexo de la resolución secesionista.


 

 


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COMENTARIOS

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Respondiendo a

Disidente
19/11/2015
14:06 h
2
 
No se lo pierdan: La Generalitat apela al TC denunciando invasión de competencias por el Gobierno nacional. Apelan al tribunal que desobedecen, y denuncian a la autoridad superior por lo que precisamente ellos le están haciendo.
 
Respondiendo a Disidente

Carlos Sánchez
12/11/2015
09:42 h
1
 
La Constitución de 1978 (deplorable en muchos aspectos "aperturistas"), único consenso político entre españoles, del la que dimana la legalidad y las autonomías, fue votada en Cataluña por el 90% largo del censo; los separatistas catalanes han cosechado menos del 40% de los votos del censo. Aparte la soberanía nacional que reside en todo el pueblo español, había de valer más un 40% que un 90? Pido que se aplique la ley, toda la ley y nada más que la ley a los que incurran en delito.
 



 
 
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