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Financian a Colón los Reyes Católicos

Colón y los Reyes Católicos (II)

En el verano de 1491, Colón estaba ya decidido a abandonar Castilla y presentar sus pretensiones al rey de Francia. Sin embargo, fray Juan Pérez, antiguo confesor de la reina Isabel, le convenció para que aguardara en el convento de La Rábida el resultado de unas gestiones. El 2 de enero de 1492, se producía la rendición de Granada y quedaba expedito el camino para la expedición tanto tiempo propugnada por Colón. Pese
LA VOZ AUTOR César Vidal Manzanares 19 DE OCTUBRE DE 2006 22:00 h

Esta intransigencia llegó a tal extremo que las conversaciones entre él y los monarcas quedaron rotas e incluso se le dio orden de que abandonara el campamento de Santa Fe. El episodio podría haber terminado ahí, pero entonces tuvo lugar la intervención de fray Hernando de Talavera y Deza. Recurriendo a todo tipo de argumentos desde los espirituales a los meramente económicos lograron salvar el abismo abierto entre Colón y los Reyes Católicos. A partir de entonces, incluso la financiación del viaje quedó resuelta gracias a la cantidad de 1.140.000 maravedíes ofrecida por el judío converso Luis de Santángel de los fondos de la Santa Hermandad de la que era co-tesorero y a otros 860.000 suplidos por mercaderes italianos residentes en Castilla y por comerciantes castellanos. La formalización del proyecto se produjo el 17 de abril de 1492 al firmarse las Capitulaciones de Santa Fe. El texto de las mismas, conservado en el Archivo de Indias, Indiferente General, legajo 418, es de una considerable brevedad pero resulta tremendamente iluminador.

Tras la introducción, aparecen cinco bloques de concesiones realizadas por los monarcas y que, en términos generales, resultan extraordinarias.

La primera era su nombramiento de almirante:
Primeramente que Vuestras Altezas como Señores que son de las dichas Mares Océanas hacen desde ahora al dicho don Cristóbal Colón su almirante en todas aquellas islas y tierras firmes que por su mano o industria se descubrirán o ganarán en las dichas Mares Océanas para durante su vida, y después de él muerto, a sus herederos y sucesores de uno en otro perpetuamente con todas aquellas preeminencias y prerrogativas pertenecientes al tal oficio, y según que don Alfonso Enríquez, quondam, almirante Mayor de Castilla, y los otros sus predecesores en el dicho oficio, lo tenían en sus distritos”.

En segundo lugar, Colón sería nombrado virrey y gobernador general de las mencionadas tierras y gozaría de un derecho de presentación de los cargos públicos localizados en ellas:
Otrosí, que Vuestras Altezas hacen al dicho don Cristóbal su Visorey y Gobernador General en todas las dichas tierras firmes e islas que como dicho es él descubriere o ganare en las dichas mares, y que para el regimiento de cada una y cualquiera de ellas, haga él elección de tres personas para cada oficio, y que Vuestras Altezas tomen y escojan uno, el que más fuere su servicio, y así serán mejor regidas las tierras que Nuestro Señor le dejará hallar y ganar al servicio de Vuestras Altezas”.

A continuación, las Capitulaciones aceptaban unas pretensiones de Colón referidas a cuestiones económicas y que deben ser calificadas de realmente extraordinarias. En primer lugar, el diezmo de los productos obtenidos una vez deducidas las costas:
Item, que de todas y cualesquiera mercaderías, siquiera sean perlas, piedras preciosas, oro, plata, especiería y otras cualesquiera cosas y mercaderías de cualquier especie, nombre y manera que sean, que se compraren, trocaren, hallaren, ganaren y hubieren dentro de los límites de dicho Almirantazgo, que desde ahora Vuestras Altezas hacen merced al dicho don Cristóbal, y quieren que haya y lleve para sí la decena parte de todo ello, quitadas las costas todas que se hicieren en ello, por manera que de lo que quedare limpio y libre haya y tome la dicha décima parte para sí mismo, y haga de ello a su voluntad, quedando las otras nueve partes para Vuestras Altezas”.

Naturalmente, las condiciones leoninas en que Colón se atribuía el diezmo podían llegar a convertirse en un semillero de conflictos. En previsión de los mismos, el Almirante se reservaba el derecho de jurisdicción sobre los mismos:
Otrosí, que si a causa de las mercaderías que él trajera de las islas y tierras, que así como dicho es se ganaren o se descubrieren, o de las que en trueque de aquellas se tomaran aqua de otros mercaderes naciere pleito alguno... plega a Vuestras Altezas que él (Colón) o su teniente y no otro juez conozcan de tal pleito, y así lo provean desde ahora”.

Finalmente, las Capitulaciones otorgaban a Colón un derecho discrecional de participación en los barcos que se armaran en el futuro y en los beneficios derivados de éstos:
Item, que en todos los navíos que se armaren para el dicho trato y negociación, cada y cuando, y cuántas veces se armaren, que pueda el dicho don Cristóbal Colón si quisiere contribuir y pagar la ochena parte de todo lo que se gastare en el armazón, y que también haya y lleve del provecho la ochena parte de lo que resultare de la tal armada”.

Cada una de las concesiones realizadas por los Reyes Católicos a Colón aparece en el escrito de las Capitulaciones seguida por la expresión “Place a Sus Altezas”. Sin duda, se trataba de un costo elevadísimo pero al parecer justificado por los posibles beneficios del viaje.

Aquel mismo día de 17 de abril de 1492 los Reyes Católicos proveyeron a Colón de una carta para que los reyes, príncipes, señores y autoridades amigas le ayudaran en su viaje. Tres días después firmaron igualmente una carta en la que presentaban a Colón como su enviado a cualquier príncipe oriental con el que pudiera encontrarse.

Antes de que concluyera el año, Colón había descubierto un nuevo continente cambiando con ello no sólo la historia de España sino también la del mundo. Pero el escrito que, previamente, había hecho posible aquel cambio trascendental de la historia habían sido las Capitulaciones de Santa Fe. Sin ellas y lo que ellas implicaban, Colón hubiera marchado a Francia y, posiblemente, esta Corona —o la portuguesa que continuaba multiplicando sus singladuras en el Atlántico— no hubiera recibido los beneficios de la gesta americana. Un conjunto de naciones francoparlantes —o lusoparlantes— al otro lado del océano hubiera, sin duda, tenido consecuencias muy diferentes para el desarrollo de los siglos posteriores.

Sin embargo, estas consideraciones, comprensibles tras el descubrimiento, no lo eran en el momento en que los monarcas decidieron ceder a las pretensiones de Colón. ¿Por qué lo hicieron? Podría hacerse referencia a la influencia de Talavera pero, con ser ésta importante, no parece creíble que Isabel y Fernando la hubieran antepuesto a los intereses nacionales. Por otro lado, Isabel era mujer de acendrada espiritualidad pero jamás se dejó llevar por consideraciones fanáticas que obnubilaran su sentido práctico.

En realidad, si los Reyes católicos aceptaron las exigencias colombinas no se debió a ingenuidad sino a la convicción de que Colón ya había estado en las Indias y, por lo tanto, sabía cómo ir. La primera prueba de ello se encuentra en el preámbulo de las Capitulaciones que rezaba:
Las cosas suplicadas y que Vuestras Altezas dan y otorgan a don Cristóbal de Colón, en alguna satisfacción de lo que ha descubierto en las Mares Océanas y del viaje que ahora, con la ayuda de Dios, ha de hacer por ellas en servicio de Vuestras Altezas, son las que siguen.

El encabezamiento de las Capitulaciones ha provocado desde hace tiempo una notable controversia toda vez que se refiere a las tierras objeto de la expedición no como territorios por descubrir sino como “lo que ha descubierto”. Sin embargo, difícilmente podría ser más claro. Naturalmente, se ha especulado mucho con la posibilidad de un viaje al continente que conocemos con el nombre de América en los años inmediatamente anteriores a 1492. Hernando Colón hace referencia a algunos episodios de este tipo pero de una manera muy inconcreta y poco clara. Sin embargo, Gonzalo Fernández de Oviedo habla de una expedición de la que sólo habría sobrevivido una persona que murió en brazos de su amigo —el propio Colón— después de indicarle como llegar a las tierras descubiertas. Por su parte, el Inca Garcilaso incluso afirma que el nombre de este supuesto informador de Colón era Alonso Sánchez de Huelva y que conocía este dato porque se lo había comunicado su padre un hidalgo que en 1534 llegó hasta Quito con Pedro de Alvarado. Bartolomé de las Casas ha transmitido además la noticia de que Colón tenía una certeza de lo que afirmaba similar a la de si hubiera guardado en una habitación todo y pudiera enseñarlo.

Si Colón llegó a referir todos los extremos —bien conocidos durante el siglo XVI, dicho sea de paso— es algo que no podemos afirmar. Lo que sí parece evidente es que los Reyes Católicos creían en un descubrimiento ya realizado y que éste garantizaba el éxito de la expedición. Razón más que suficiente para aceptar unas pretensiones desorbitadas.


Artículos anteriores de esta serie:
 1Colón y los Reyes Católicos 
 

 


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