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Protestante Digital

 
2ª reforma protestante en España (26)
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2R: abjuraciones de protestantes y vejaciones

En algunos lugares donde los jesuitas establecían sus misiones siempre había un acto de desagravio a la religión católica romana
ORBAYU AUTOR Manuel de León 05 DE AGOSTO DE 2012 22:00 h

Una de las armas usadas para frenar el avance del protestantismo fue el uso de las abjuraciones de protestantes a manera de autos Fe. Con ello se conseguía sellar las bocas de los más liberales y despiertos y poner defensas al pueblo contra el protestantismo.

Los casos de abjuración que yo he podido estudiar mejor, los considero de evangélicos verdaderos que dieron un mal paso, volviendo al catolicismo romano, pero siempre presionados por manipulaciones sicológicas e intereses pecuniarios.

Uno de los casos fue en Besullo donde Manuel Rodríguez, primer pastor de este pueblo de la alta montaña asturiana no aguantó las presiones y aceptó una cartería que le ofreció el obispado abjurando de su fe.

El otro caso es el de Ramón Bon, este más preparado que Manuel, conocedor de la teología protestante y buen predicador, tampoco aguantó una situación de precariedad en su vida, cuando el modo de subsistencia a través de la venta de Biblias no lo pudo realizar porque tenía grandes dolores en la boca. La soledad de un protestantismo con pocos miembros y menos recursos, hacía que estos colportores también debían ser mártires en situaciones extremas de vivir en precario. Su tío el canónigo y el obispo de León lograrían con facilidad convencerlo para que escribiera contra los protestantes, siendo Bon autor de tres libros.

Cuando comento estos casos con algún conocedor del tema como Rodolfo González Vidal, siempre me dice que la conversión de estas personas o no fue sincera o fueron muchos los pasos dados anteriormente hacia la apostasía. ¡Solo Dios lo sabe! Me permito adjuntar este documento de abjuración para conocer las palabras usadas en él, con el objeto de sentir la fuerza disuasoria que debía producir. Muchos de los dogmas que hicieron abjurar hoy ya no los sostiene la iglesia católica.

Suelen citar autores católicos algunas abjuraciones públicas más que las descritas seguidamente, como la de Valladolid de Jerónimo Martínez Corujo y en algunos lugares donde los jesuitas establecían sus misiones o novenarios en los que siempre había un acto de desagravio a la religión católica romana[i].

ABJURACIÓN PUBLICA DE LA HEREJÍA PROTESTANTE, HECHA EN LA IGLESIA PARROQUIAL DE SAN NICOLAS DE SEVILLA POR EL PRESBÍTERO D.PABLO PIZARRO Y CHAVES,EL TONSURADO D. ANTONIO GONZALEZ ENCINAS, Y LOS SEGLARES D. JOSÉ GONZALEZ ENCINAS Y D. MANUEL MUÑOZ.'

En medio de las dolorosas pruebas por que hoy pasa la Iglesia católica, combatida fuertemente por sus enemigos, no deja de recibir con frecuencia dulces consuelos, que Dios en su misericordia suele ofrecerle, trayendo a su seno a aquellos que, siendo sus hijos, la habían abandonado en un momento de extravío.

Así ha sucedido con la reciente conversión del presbítero donPablo Pizarro y Chaves,del tonsurado D. Antonio González Encinas, y de los Sres. D. José González Encinas y D. Manuel Muñoz. Seducidos por los propagadores del protestantismo, que con perseverantes esfuerzos han procurado hacer prosélitos en esta ciudad, abandonaron la fe católica para seguir los errores de la llamadaIglesia reformada española,causando en el ánimo de los verdaderos fieles un profundo dolor con su lamentable apostasía. Pero Dios, rico en misericordias, no quiso abandonar a estos desgraciados, é iluminándolos con su gracia, les hizo conocer su yerro, y movió sus corazones para que, arrepentidos de su pecado, volviesen sus ojos a la verdad, que voluntariamente habían perdido, y se resolviesen a pedir al Emmo. y Rmo. Prelado de esta diócesis se dignase admitirlos de nuevo en el seno de la Iglesia católica.

Con este fin se presentó a la autoridad eclesiástica el presbítero D.Pablo Pizarro y Chaves,y se formó al efecto el oportuno expediente, habiéndose obtenido para ello la debida comisión de su Prelado el señor gobernador del priorato de San Marcos de León. Lo mismo hizo el tonsurado D. Antonio González Encinas, respondiendo al llamamiento del señor provisor y vicario general de este arzobispado, en el expediente formado contra élainstancia del señor fiscal del mismo; y uno y otro, en vista de que confesaban sus yerros, fueron encomendados por dicho señor provisor a dos eclesiásticos para que los instruyesen convenientemente en la doctrina católica, y los afirmasen mas en la fe.

Hallándose suficientemente preparados, según los informes de dichos eclesiásticos, dispuso el señor provisor hiciesen la pública y solemne retractación de sus errores y protestación de la fe católica en la iglesia parroquial de San Nicolás de esta ciudad, en cuya feligresía estaba situado el local donde celebraban sus reuniones, los sectarios de la llamadaIglesia reformada.

En este estado se presentaron al señor provisor los seglares D. José González Encinas y D. Manuel Muñoz, manifestando que habían tenido la desgracia de afiliarse también a aquella secta y deseaban volver al seno de la verdadera Iglesia, para lo cual pedían se les permitiese hacer su retractación en unión con los anteriores, en atención a que, habiendo conocido su error, habían buscado persona que los instruyese en la verdadera doctrina. Informado el señor provisor de la verdad de cuanto exponían, accedió a su solicitud, y en su consecuencia hicieron todos cuatro la pública abjuración de sus errores en la expresada iglesia de San Nicolás, el 6 de abril próximo pasado, en la forma que se expresa en el acta extendida al efecto, que original obra en el expediente, y cuya copia literal es como sigue:

«En la ciudad de Sevilla, a seis de abril de mil ochocientos setenta, yo el infrascrito notario mayor del tribunal del provisorato de ella y su arzobispado, en virtud del mandato judicial, y acompañado del aguacil mayor D. José Saavedra y Ciebra, que lo es de la jurisdicción eclesiástica, me constituí en la iglesia parroquial de San Nicolás, y dadas las nueve de la mañana se presentó en la misma iglesia el señor gobernador, provisor y vicario general de este dicho arzobispado, Dr. D. Ramon Maurí, a quien acompañaba el fiscal general del mismo, Dr. D. Fernando Martínez Conde; cuyos señores, colocados en lugar preferente, presente el clero de dicha parroquia y multitud de fieles, salieron de la sacristía el presbítero D.Pablo Pizarro y Chaves,el tonsurado D. Antonio González Encinas, y los seglares D. José González Encinas y don Manuel Muñoz, individuos todos de la secta protestante establecida en esta ciudad con el título deIglesia reformada española.los cuales, habiendo hecho genuflexión ante el sagrario del altar mayor, se colocaron en el lugar que se les designó. En seguida el referido presbítero D. Pablo Pizarro se dirigió al expresado señor gobernador, y desdoblando un papel ante el referido señor y demás personas ya indicadas, leyó en voz alta, clara é inteligible, por sí y a nombre de los que le acompañaban, la abjuración de las herejías y errores de la secta protestante a que habían tenido la desgracia de pertenecer, y profesión de los dogmas y verdades de la santa fe católica apostólica romana; y terminada su lectura lo entregó reverentemente al señor gobernador, firmado por los cuatro abjurantes; cuyo tenor a la letra es el siguiente:

«D.Pablo Pizarro y Chaves,presbítero, natural de Bienvenida, priorato de San Marcos de León; D. Antonio González Encinas, tonsurado, de Écija, provincia de Sevilla; D. José González Encinas, de la misma ciudad de Écija, y D. Manuel Muñoz, de Sevilla, nacidos todos y educados en el seno de la Iglesia católica apostólica romana, tuvimos la desgracia de abrazar hace un año la secta protestante, afiliándonos a la llamada Iglesia reformada española, establecida en esta ciudad; pero convencidos por un efecto de la misericordia divina de la falsedad de aquella secta, por la presente pública retractación de nuestros errores, que espontánea y libremente hacemos ante el muy ilustre señor gobernador eclesiástico de este arzobispado, y presencia del clero y pueblo de esta ciudad, que han concurrido a este acto, sin que a ello nadie nos obligue, y movidos únicamente por la gracia de Dios, declaramos franca y solemnemente que abjuramos y detestamos todas las doctrinas que hemos seguido durante el tiempo de nuestro lamentable extravío, y los errores en que miserablemente caímos; y al volver de nuevo a la Iglesia católica apostólica romana, de que nos habíamos separado, creemos y confesamosconfe firme y verdadera todo cuanto cree, confiesa y enseña la misma Santa Iglesia, especialmente cuanto contiene el símbolo niceno-constantinopolitano. Creemos igualmente, que no sehalla contenido en los libros santos todo cuanto Dios ha querido revelar a su Iglesia, y por tanto admitimos tradiciones divinas distintas de la sagrada Escritura. Aceptamos como divinamente inspirados todos y cada uno de los libros del Antiguo y Nuevo Testamento, según el canon dado por el Santo Concilio de Trento, que veneramos como legítimo, porque solo a la autoridad de la Iglesia compete declarar cuáles son los libros divinamente inspirados. Confesamos asimismo que solo a la Iglesia corresponde juzgar del verdadero sentido e interpretación de las sagradas Escrituras, y no las recibiremos ni interpretaremos jamás sino conforme al unánime consentimiento de los Santos Padres, según las reglas establecidas por la Iglesia. Creemos que son siete los sacramentos instituidos para nuestra salud por Nuestro Señor Jesucristo: que por el bautismo se perdona el pecado original y los actuales, si se hallaren en el sujeto, así como que no es libre, sino de absoluta necesidad, su recepción: que en la misa se ofrece a Dios verdadero, apropio y propiciatorio sacrificio, y que en la sagrada Eucaristía se contiene verdadera, real y sustancialmente el cuerpo y sangre, juntamente con el alma y la divinidad de Nuestro Señor Jesucristo, y que en ella se verifica la conversión de toda la sustancia del pan en el cuerpo y de toda la sustancia del vino en la sangre, a cuya conversión llama justamente transubstanciación la santa Iglesia católica. Confesamos que bajo ambas especies se contiene Jesucristo todo entero, y con cada una de ellas se recibe verdadero sacramento. Creemos también que por la Penitencia se perdonan todos los pecados, siendo necesaria para la salvación sacramental, instituida por Jesucristo, para los que puedan acudir a ella, y que el modo de confesarse secretamente que la Iglesia católica ha observado y observa está muy conforme a la institución y mandato del mismo Jesucristo.

Recibimos y confesamos del mismo modo todos y cada uno de los «dogmas definidos y declarados por el santo Concilio Tridentino acerca del pecado original y de la justificación , y por tanto creemos que la prevaricación de Adán , no solo perjudicó a él, sino a toda su descendencia, y que la justicia y santidad que había recibido de Dios la perdió por su culpa para sí y para nosotros;-que el pecador no se justifica por sola la fe, sino que para esta justificación, lo mismo que para perseverar en la justicia resabida y aumentarla, se necesitan las buenas obras; que la justificación no consiste solamente en la remisión de los pecados, sino en la renovación interior del hombre por la admisión de la gracia y de los dones del Espíritu Santo; y, últimamente, que el hombre justificado puede perder la amistad de Dios. Creemos firmemente que hay purgatorio, y que las almas en él detenidas son ayudadas por los sufragios de los fieles. Afirmamos asimismo que Jesucristo dejó a su Iglesia la potestad de conceder indulgencias, cuyo uso es muy saludable al pueblo cristiano. Creemos que se han de venerar los Santos que reinan con Cristo; que ellos ofrecen a Dios sus oraciones por nosotros, y que se ha de dar culto a sus reliquias, como también que la santa Cruz y las imágenes de Jesucristo, de la Santísima Virgen y de todos los Santos se deben tener, conservar y tributarles el honor y veneración debidas. Reconocemos a la santa, católica apostólica Iglesia romana como la Madre y Maestra de todas las iglesias, y prometemos verdadera obediencia al Romano Pontífice, a quien confesamos sucesor de San Pedro y Vicario de Jesucristo, y como tal Cabeza visible de la única verdadera Iglesia, y creemos que fuera de su obediencia no hay esperanza de vida eterna, porque a él ha sido dado inmediatamente en la persona de Pedro el primado de honor y jurisdicción sobre toda la Iglesia. Confesamos y creemos que María Santísima, por un privilegio y gracia de Dios omnipotente, y en virtud de los méritos de Jesucristo, fue concebida sin mancha del pecado original, y fue Madre de Dios, y siempre virgen, antes del parto, en el parto y después del parto, de tal modo que Jesucristo no tuvo hermano propio y natural. Y, por último, hacemos la mas firme protesta de creer y confesar todos los dogmas que cree y confiesa la Santa Iglesia católica apostólica romana, en la que deseamos vivir y perseverar hasta la muerte.—Pablo Pizarro.—Antonio González.—José González Encinas.—Manuel Muñoz.»[ii]

Es muy probable que muchos de los católicos hoy no crean muchas de las cosas que acataron entonces aquellos reconvertidos y que hoy nos llaman la atención porque eran algunas de las doctrinas en las que insistían los evangelistas protestantes.

En aquellos días del XIX y hasta casi estos mismos años del siglo XXI existía la abjuración de los protestantes moribundos con familiares que no respetaban las creencias del fallecido. Siempre aparecía el cura con los santos oleos, la confesión de última hora y la preparación del cementerio para que recibiese tierra santa y así los familiares no pasasen vergüenza. ¡Cuantas personas tuvieron que estar en casa durante más de tres días muertos y teniendo que enterrarse de noche porque no había posibilidad de enterrar a un protestante si no existía cementerio civil!

En la revista La Civilización (1841) de Jaime Balmes hay casos de abjuración de extranjeros y en María, o, La conversión de una familia protestante Editor Impr. de la Esperanza, 1851, desarrolla la conversión al catolicismo pero con bases de una mística que parece ajena al protestantismo y también son personas extranjeras.

De extranjeros cita Vilar en su libro Intolerancia y libertad en España, algunos casospropiciados por edicto de gracia dado el 5 de abril de 1815 por inquisidor general Francisco Javier de Mier y Campillo, donde solicitaba “que todos los que se reconozcan reos de culpa perteneciente al Santo Oficio se denuncien a sí mismos voluntariamente hasta fin de año” y serán absueltos sin penas algunas en secreto; que delaten igualmente a las personas de quienes hubiesen entendido que con culpadas en materia de doctrina; y que los confesores exhorten a todos los penitente a lo mismo, persuadiéndoles con eficacia la utilidad de hacerlo así, evitando el peligro de que tal vez sean reconvenidos y procesados en caso contrario por el Tribunal de la Fe”.

Este edicto de gracia tenía tantas o más amenazas que los del siglo XVI, con la misma arrogancia de poseer los derechos de las conciencias de los hombres y de los reinos. Vilar deja claro que muchos de los que fueron delatados, estaban convertidos al catolicismo pero que permanecían siendo fieles al Evangelio, pero adaptándose a la sociedad católica.

De este edicto de gracia salieron las causas de Juan Bautista Bernier, Juan David Frank, Juan Agustín Weber, Juana Bead y Gullermo Redgen, luteranos los tres primeros y anglicanos los dos últimos. Otros casos de abjuración en extranjeros señala Vilar en 1816 y en 1817, aunque en este año señala a un vasco de Oñate, residente en la Corte y del que no dice su nombre, que parecía ser un difusor del Evangelio junto a dos franceses.

Varias personas más aparecen hasta 1820 donde el flujo de abjuraciones desaparece al desaparecer la presión social. Cuando Fernando VII vuelve a España y también con Isabel II siguen algunas abjuraciones hasta 1843 donde parecen frenar por las circunstancias, aunque vemos todavía casos en 1911 como el de Lucía Cauly, que abjuró de su religión protestante en Puerto de Santa María. El evento es magnificado y publicado de esta manera:

“En la ‘Revista Portuense’ cuenta con todo detalle el inusual acto: «Ayer, a las 7,30 de la mañana, concurso numeroso de fiel es que presenciaron la ceremonia que tuvo efecto en la iglesia Mayor Prioral del acto solemne de abjurar de sus errores protestantes e ingresar en nuestra sacrosanta religión católica la antigua y respetable convencían, doña Lucía Cauly, procedente de secta anglicana». En la puerta de las Campanas le esperaba el arcipreste Sr. Barreda, revestido con pluvial morado, bordado en oro que actuaba como oficiante del acto, por concesión especial del Arzobispo de la diócesis. Allí, siguiendo las oraciones contenidas en el Ritual«hizo la abjuración de sus errores y prácticas protestantes, diciendo con voz firme y clara que creía y confesaba cuanto cree y confiesa la religión católica, apostólica, romana, en cuyo seno quería vivir y morir.» Tras esta renuncia de sus anteriores creencias solivió ser bautizada y, «tras besar el crucifijo que le acercó el celebrante»se trasladó a la capilla bautismal, exornada especialmente para dicho acto «recibiendo al mismo tiempo que sobre su cabeza corría la regeneradora agua, los nombres de María de los Milagros, Lucía, Luisa.»

En1914 similar de abjuración del Protestantismo y conversión al catolicismo de cuatro alemanas, celebrada en la iglesia de Igeldo (San Sebastián) el 30 de septiembre de 1914, 3 años después de la celebrada en El Puerto.. De izquierda a derecha en la foto que encabeza este artículo se puede ver delante: P. Martínez, superior de los Jesuitas de S.S.; Felipa Horn; Margarita Werthe; Luisa Peters; Emma N.; Braulio Iraizoz, párroco de Igeldo. En segundo término las personas que apadrinaron el acto.



[i]Anticlericalismo y literatura en el siglo XIXAutor José Luis Molina Martínez EDITUM, 1998. Pág. 236
[ii]La Cruz, revista religiosa de España y demás países católicos dedicada a María Santísima. Volumen 2 Editor León Carbonero y Sol. Publicado en1870
 

 


13
COMENTARIOS

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JRRiudoms
14/08/2012
23:32 h
13
 
#11 Rosa Jordán de Franco: ...y los que se postren delante de ídolos (es otro ejemplo que pudiera haber añadido, de los 9 Mandamientos restantes de la Ley de Dios). No seré yo quien diga que quien cometa adulterio, robo o muerte no será salvo: sólo Dios conoce el corazón de las personas. Atentamente
 
Respondiendo a JRRiudoms

JRRiudoms
14/08/2012
15:04 h
12
 
Kino: De las conclusiones doctrinales que cada cual saque del estudio de la Biblia, ni usted ni yo podemos juzgar y/o etiquetar de apostasia o herejia. Los dos ejemplos congregacionales que usted ha puesto en solfa no tienen la misma doctrina en cuanto a la divinidad de Cristo, ni en lo que usted llama número clausus celestial. Recordarle, también, que la Iglesia Adventista del Séptimo Día es miembro de la FEREDE, aunque a algunos no les guste este hecho. Atentamente
 
Respondiendo a JRRiudoms

Rosa Jordán de Franco
14/08/2012
15:04 h
11
 
En la abjuración de esos pobres hermanos obligados a retractarse, podría afirmar que no falta ni una sola de las herejías, o lo que es lo mismo, doctrinas totalmente antibíblicas, inventadas por la Santa Madre Iglesia Católica, Apostólica y Romana. ¡Qué pena!
 
Respondiendo a Rosa Jordán de Franco

Rosa Jordán de Franco
14/08/2012
15:04 h
10
 
A mí me parece que sí es apostasía ser gálatas insensatos que, después de conocer la verdad (suponiendo que la hayan conocido...) vayan a donde niegan la divinidad de Cristo y se van a salvar sólo 144,000 o los que guarden el sábado...
 
Respondiendo a Rosa Jordán de Franco

Carlos Ramos Mattei
13/08/2012
16:44 h
9
 
Tiene usted razón, el error fue mío. Mis excusas.
 
Respondiendo a Carlos Ramos Mattei

Kino
13/08/2012
09:42 h
8
 
Sr. Carlos: Lea mi comentario 1. Yo me refería a esos dos grupos y se me contestó que no era apostasía. Antes de acusar hay que cerciorarse de lo que se dice.
 
Respondiendo a Kino

Carlos Ramos Mattei
11/08/2012
23:29 h
7
 
Decir que los 'protestantes' nieguen la divinidad de Cristo es a todas luces falso. Que nieguen el infierno también. En cuanto al 'cielo limitado a un número clausus exacto', esa nunca fue una tesis común de todos los grupos 'protestantes'. Por favor, no tiene sentido dialogar sin saber.
 
Respondiendo a Carlos Ramos Mattei

Kino
10/08/2012
17:42 h
6
 
jJRRiudoms: Cómo se puede decir que no se apostata uniéndose a un grupo que tiene la Biblia como base de su fe, pero que niega la divinidad de Cristo, el infierno, el cielo limitado a un númerus clausus exacto entre otros errores. No lo puedo entender.
 
Respondiendo a Kino

JRRiudoms
10/08/2012
00:39 h
5
 
#4 Domingo: Dejese de fanatismos apostatas y diga donde encuentra en 'la hermosa declaración de fe de la abjuración' alguna verdad bíblica (sería de agradecer que lo sustentara con citas bíblicas, no con el Catecismo romano). Los mismos católico-romanos dicen que su doctrina se basa en la Biblia pero que la Tradición tiene un enorme peso (a veces, tanto que obliga a desestimar lo que dice la Palabra)... Ejemplos: la figura papal, el celibato, el papel intermediario de hombres, la inmaculada concepción de María la virgen, los cambios en los Mandamientos... Atentamente
 
Respondiendo a JRRiudoms

Domingo
09/08/2012
21:53 h
4
 
Buen artículo ... de acuerdo con el comentario 2 ... para todo fanatico protestante nunca en el catolicismo hay nada bueno ... erso va para el comentario 3.
 
Respondiendo a Domingo

JRRiudoms
08/08/2012
19:22 h
3
 
#1 Kino: Le doy una posible respuesta: No fueron apostatas porque se 'unieron' [sic] a dos grupos que tienen la Biblia (la Palabra de Dios) como única autoridad y fundamento doctrina (como otros muchos grupos cristianos)l. #2 Antonio: En lo que usted adjetiva 'hermosa declaración de fe de abjuración' he sido incapaz de encontrar una sola 'verdad bíblica'. Para mi solamente es una declaración católico-romana... Nada que ver con la Biblia (como se indica en dicha declaración de fe). Atentamente
 
Respondiendo a JRRiudoms

Antonio
08/08/2012
14:31 h
2
 
Me llama profundamente la atención, la hermosa declaración de fe de la abjuración ¿han considerado Udes. profundamente las verdades Bíblicas que de ella se desprenden, o para Udes es solamente un mero documento 'inquisitorial'?.
 
Respondiendo a Antonio

Kino
07/08/2012
19:02 h
1
 
Me pregunto: ¿los evangélicos (y conozco casos) que se unieron a los adventistas del 7º día o a los testigos de Jehová son también casos de apostasía?
 



 
 
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